(Del latín alo, "lactar", o "alimentar").
En el sentido eclesiástico, alumnus significa un estudiante que se prepara en un seminario para el ministerio sagrado. Originalmente la palabra significó un niño adoptado con ciertos privilegios restringidos, o un hijo de leche. Sin embargo, desde el Concilio de Trento se volvió sinónimo de seminarista, y como tal se aplica a menudo a los estudiantes de los colegios eclesiásticos en Roma. El Concilio de Trento (Ses., XXXIII, cap. 18, de Ref.) le requería a los obispos que establecieran instituciones para la educación de los estudiantes para el sacerdocio. Anteriormente los candidatos se educaban en las casas de los sacerdotes, en monasterios o en las universidades públicas. De conformidad con el Concilio, tales alumnos, entre otras cualificaciones, debían tener al menos doce años de edad y ser capaces de leer y escribir, y su disposición debía ser tal que diera esperanza de que adornarían perpetuamente el sagrado ministerio, y se favorecería especialmente a los niños pobres.
Además de filosofía, teología, escritura y derecho canónico, estudiarían ritos y ceremonias, elocuencia sagrada y canto llano. El obispo tenía que ver que los estudiantes atendieran misa cada día, se confesaran mensualmente y se comunicaran recibiendo consejos. Los días festivos tenían que tomar parte en los servicios de la catedral. El obispo velaría por que los estudiantes participaran en Misa diariamente, se confesaran mensualmente y comulgaran tan a menudo como fuese aconsejable. En los días de fiesta tomarían parte en los servicios de la catedral. También se exhortaba al obispo a visitar frecuentemente a estos estudiantes a fin de verificar su progreso en el aprendizaje y la piedad, y para remover obstáculos a su aprovechamiento. En 1896, la Congregación de Obispos y Regulares estableció normas para la guía de obispos en lo concerniente a los alumnos que cursaban estudios en universidades públicas, requiriéndose que no establecieran relaciones demasiado cercanas con otros estudiantes, y que se les reuniera a menudo para conferencias espirituales y discusiones acerca de temas filosóficos, teológicos e históricos (véase seminario eclesiástico).
Bibliografía: LUCIDI, De Visit. Sac. Lim., I, III (Roma, 1889); LAURENCIO, Inst. Jur. Eccl. (FriburgO, 1903), 471; BOUIX, De Episcopo, II (París, 1889).
Fuente: Fanning, William. "Alumnus." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907. <http://www.newadvent.org/cathen/01370a.htm>.
Traducido por Giovanni E. Reyes. L H M.
En el sentido eclesiástico, alumnus significa un estudiante que se prepara en un seminario para el ministerio sagrado. Originalmente la palabra significó un niño adoptado con ciertos privilegios restringidos, o un hijo de leche. Sin embargo, desde el Concilio de Trento se volvió sinónimo de seminarista, y como tal se aplica a menudo a los estudiantes de los colegios eclesiásticos en Roma. El Concilio de Trento (Ses., XXXIII, cap. 18, de Ref.) le requería a los obispos que establecieran instituciones para la educación de los estudiantes para el sacerdocio. Anteriormente los candidatos se educaban en las casas de los sacerdotes, en monasterios o en las universidades públicas. De conformidad con el Concilio, tales alumnos, entre otras cualificaciones, debían tener al menos doce años de edad y ser capaces de leer y escribir, y su disposición debía ser tal que diera esperanza de que adornarían perpetuamente el sagrado ministerio, y se favorecería especialmente a los niños pobres.
Además de filosofía, teología, escritura y derecho canónico, estudiarían ritos y ceremonias, elocuencia sagrada y canto llano. El obispo tenía que ver que los estudiantes atendieran misa cada día, se confesaran mensualmente y se comunicaran recibiendo consejos. Los días festivos tenían que tomar parte en los servicios de la catedral. El obispo velaría por que los estudiantes participaran en Misa diariamente, se confesaran mensualmente y comulgaran tan a menudo como fuese aconsejable. En los días de fiesta tomarían parte en los servicios de la catedral. También se exhortaba al obispo a visitar frecuentemente a estos estudiantes a fin de verificar su progreso en el aprendizaje y la piedad, y para remover obstáculos a su aprovechamiento. En 1896, la Congregación de Obispos y Regulares estableció normas para la guía de obispos en lo concerniente a los alumnos que cursaban estudios en universidades públicas, requiriéndose que no establecieran relaciones demasiado cercanas con otros estudiantes, y que se les reuniera a menudo para conferencias espirituales y discusiones acerca de temas filosóficos, teológicos e históricos (véase seminario eclesiástico).
Bibliografía: LUCIDI, De Visit. Sac. Lim., I, III (Roma, 1889); LAURENCIO, Inst. Jur. Eccl. (FriburgO, 1903), 471; BOUIX, De Episcopo, II (París, 1889).
Fuente: Fanning, William. "Alumnus." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907. <http://www.newadvent.org/cathen/01370a.htm>.
Traducido por Giovanni E. Reyes. L H M.
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