El Primer Concilio de Arles se celebró en el año 314, con el propósito de poner fin a la controversia con los donatistas. Confirmó los hallazgos del Concilio de Roma (313), es decir, reconoció la validez de la elección de Cecilio de Cartago, y confirmó la excomunión
de Donato de Casae Nigrae. Sus veintidós cánones, los cuales trataban
sobre varios abusos que habían surgido en la vida eclesiástica desde la persecución de Diocleciano (284-305), están entre los documentos más importantes de la legislación eclesiástica primitiva.
Un concilio realizado en 353, y al cual asistieron, entre otros dos legados papales fue decididamente arriano en actitud. Los legados fueron inducidos a rechazar la comunión con San Atanasio y se negaron a condenar a Arrio, un acto que llenó de pena al Papa Liberio. En el sínodo
de 443 (452), al cual asistieron obispos de provincias vecinas, se
formularon cincuenta y seis cánones, en su mayoría repeticiones de
decretos disciplinarios anteriores. Se excluía a los neófitos de los Órdenes Sagrados, se le exigía a vivir en la continencia a los hombres casados que aspirasen al sacerdocio, se prohibía consagrar a un obispo sin la ayuda de otros obispos y el consentimiento del metropolitano.
Un concilio efectuado en 451, después de la clausura del Concilio de Calcedonia en ese año, le envió su adhesión a la “Epístola Dogmática” del Papa San León I Magno, escrita por Flavio de Constantinopla (Vea Eutiques). Se celebró un concilio el día de año nuevo (435) para dirimir las diferencias que surgieron entre el abad de Lérins y el obispo de Fréjus.
A propósito del conflicto entre la sede
episcopal de Viena y Arles, se celebró un concilio en Arles en 463, el
cual puso de manifiesto una famosa carta del Papa San León I (Leonis I,
OPP., ed. Ballerini, I, 998; Hefele,
Conciliengeschichte, II, 590). Entre 475 y 480 se convocó otro
concilio, al cual asistieron treinta obispos, en el cual se condenó las
enseñanzas sobre la predestinación del sacerdote Lúcido. En 524 se celebró otro concilio bajo la presidencia de San Cesario de Arles; sus cánones tratan principalmente con el otorgamiento de los Órdenes Sagrados.
Se conoce poco sobre los concilios de 554 y 682. Un importante concilio se celebró en 813, a instancias de Carlomagno, para la corrección de abusos y el restablecimiento de la disciplina eclesiástica. Sus decretos insisten en una adecuada educación eclesiástica a los obispos y sacerdotes, en el [[deber de ambos de predicarle a menudo a los fieles y de instruirlos en la fe católica, en la obligación de los padres de instruir a sus hijos, etc.
En 1034 se celebró otro sínodo en Arles para el restablecimiento
de la paz, la restauración de la fe católica, el despertar en el corazón
popular un sentido de bondad divina y de temor curativo por los pasados males. En 1236 se efectuó un concilio bajo la presidencia de Jean Baussan, arzobispo de Arles, el cual emitió treinta y cuatro cánones, la mayoría contra la prevaleciente herejía de los albigenses, y para la observancia de los decretos del Cuarto Concilio Lateranense de 1215 y el de Tolosa en 1229. Se les urgía a los obispos a hacer una inspección minuciosa de sus diócesis,
como remedio contra la expansión de la herejía, se declaraba inválidos
los testamentos a menos que fueran hechos en presencia de un sacerdote parroquial.
Esta medida, que se discutió en otros concilios, pretendía prevenir
disposiciones testamentarias a favor de herejes conocidos.
En 1251, Jean, arzobispo de Arles, efectuó un concilio cerca de Aviñón (Concilium Insculanum), entre cuyos trece cánones es uno que provee que el padrino de un bautismo
está obligado sólo a proveer la bata blanca con que el niño es
bautizado. En 1260 un concilio celebrado por Florentino, arzobispo de
Arles, decretó que la confirmación debía ser recibida en ayunas, y que los domingos y días de fiesta los religiosos no debían abrir sus iglesias a los fieles, ni predicar a la hora de la Misa parroquial. Los laicos
debían ser instruidos por su sacerdote parroquial. Los religiosos
debían también frecuentar el servicio parroquial, en aras del buen
ejemplo. Este concilio también condenó las doctrinas extendidas bajo el
nombre de Joaquín de Flora. En 1275 las observancias previas, un total de veintidós, fueron promulgadas nuevamente en un Concilio en Arles.
Bibliografía: MANSI, Coll. Conc., II, 463, and passim; HEFELE,
Conciliengesch., I, 201, 652; II, 298 and passim; on the British bishops
at the First Council of Arles see The Month (1885), LV, 380 and on its
date VON FUNK, Theol. Quartalschr. (1890), LXXII, 296-304; also
DUCHESNE, Mel. d'arch. et d'hist. de l'eg. franc. de Rome (1890), X,
640-644; TRICHAUD, Hist. de l'eglise d'Arles (Nimes, Paris, 1857);
CHEVALIER, Topo-bibl. (Paris, 1894-99), I, 212, 213.
Fuente: Shahan, Thomas. "The Synods of Arles." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907. <http://www.newadvent.org/cathen/01727b.htm>.
Traducido por Luz María Hernández Medina.
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