viernes, 1 de abril de 2016

Embrión

PONTIFICIA ACADEMIA PARA LA VIDA
Comunicado final (20 Febrero 1997) de la Asamblea Plenaria de la Pontificia Academia para la Vida, celebrada en el Vaticano del 14 al 16 de febrero.

Extractos del comunicado:
"Desde el punto de vista biológico, la formación y el desarrollo humano aparecen como un proceso continuo, coordinado y gradual desde la fecundación, con la que se constituye un nuevo organismo humano dotado de capacidad intrínseca de desarrollarse autónomamente en un individuo adulto (...). No es correcta la interpretación del dato biológico cuando se habla de preembrión.
"El juicio sobre la naturaleza personal del embrión humano, que es un acto de la mente humana, emana necesariamente de la evidencia del dato biológico, que implica el reconocimiento de la presencia de un ser humano con una capacidad activa e intrínseca de desarrollo, y no de una mera posibilidad de vida.
"El comportamiento ético de respeto y cuidado de la vida y de la integridad del embrión, exigido por la presencia de un ser humano que debe ser considerado como una persona, está motivado por una concepción unitaria del hombre ('Corpore et anima unus') que debe ser reconocida desde el momento en que surge el organismo corpóreo, su dignidad personal".
"Desde el punto de vista jurídico, el núcleo del debate sobre la tutela del embrión humano (...) tiene que ver con el reconocimiento de los derechos humanos fundamentales, por el hecho de ser hombre, y exige, sobre todo en nombre del principio de igualdad, el derecho a la vida y a la integridad física desde el primer momento de su existencia.
"En este gran desafío de la defensa de la vida y de la dignidad del embrión humano, se requiere un empeño particular por parte de la comunidad científica y de las familias, y en ellas del padre y de la madre. La mujer es la primer persona que en su seno está llamada a acoger y a nutrir en el amor y en la dedicación premurosa a aquel que ya es hombre. El papel insustituible de custodia de la vida humana, confiado a la mujer en la maternidad, debe encontrar en la sociedad civil un aprecio y un apoyo activo".
-reportado por: Zenit.

¿El embrión es “qué” o es “quién”? Monseñor Rinaldo Bredice, obispo de Santa Rosa, Argentina. 9,VII,206

Para no caer en los enredos con que nos quieren confundir hay que enfrentar una pregunta fundamental: eso que se gesta en las entrañas de la mujer ¿es qué o es quién? ¿El embrión es un quiste, es un cáncer o es un ser humano?

Y resulta provechoso que la respuesta la de, en primer lugar, la biología. Esto porque, como no existen dos verdades, no puede alegarse oposición entre Fe y Ciencia, entre Cultura y Ciencia. Cuando la Biología nos aclare, el Obispo hará su apreciación teológica y moral, y el abogado su encuadramiento jurídico, y también el sociólogo, etc., etc.

Así pues, a la luz de los logros más recientes, la biología –y en particular la embriología– ya reconoce universalmente que el momento que marca el inicio de la existencia de un nuevo “ser humano” está constituido por la penetración del espermatozoide en el oocito (3).

Si sobre esos logros de la embriología moderna aplicamos los criterios de la interpretación filosófico-antropológica y religiosa, podremos percibir los grandes valores que todo ser humano, aunque sea en la fase embrional, expresa y lleva consigo.

Y, por consiguiente, afrontar la cuestión fundamental del status moral del embrión tomando en cuenta criterios “intrínsecos” al embrión mismo, en vez de aducir razones fundadas en criterios “extrínsecos” (es decir, partiendo de factores externos al embrión mismo), modo de proceder que no es idóneo dado que todo posible juicio acabaría por basarse en elementos totalmente convencionales y arbitrarios.

¿Asesinato prenatal o Interrupción del embarazo?

Repitamos con la embriología: la penetración del espermatozoide en el oocito marca el inicio de la existencia de un nuevo ser que: a) es de la especie humana; b) es un ser individual; c) y es un ser que posee en sí la finalidad de desarrollarse en cuanto persona humana y a la vez la capacidad intrínseca de realizar ese desarrollo.

Precisamente a partir de los datos biológicos, no existe ninguna razón significativa que lleve a negar que ya en esta fase el embrión es persona. Y en apoyo de esta posición, la enseñanza de la Iglesia sobre la animación inmediata, aplicada a todo ser humano que viene a la existencia, resulta plenamente coherente con su realidad biológica: “Porque tú mis riñones has formado, me has tejido en el vientre de mi madre; yo te doy gracias por tantas maravillas: prodigio soy, prodigios son tus obras. Mi alma conocías cabalmente”, dice el Salmo (Sl 139, 13-14), refiriéndose a la intervención directa de Dios en la creación del alma de todo nuevo ser humano.

Consecuencias lógicas ineludibles

Desde el punto de vista del derecho y la moral, el simple hecho de estar en presencia de un ser humano (y sería suficiente incluso la duda de encontrarse en su presencia) exige en relación a él el pleno respeto de su integridad y dignidad: todo comportamiento que de algún modo pueda constituir una amenaza o una ofensa a sus derechos fundamentales –el primero de los cuales es el derecho a la vida– ha de considerarse gravemente inmoral e ilícito, un pecado que clama a Dios por venganza.

Para amar la posición que nos enseña la Santa Madre Iglesia es importante tener en claro un punto: ese quien que está protegido en el vientre de la mujer, tiene la misma dignidad que su madre y su padre; y los mismos derechos fundamentales. Quemarlo químicamente, impedir su implantación con bombardeos hormonales o alambres instalados en el nidito que la naturaleza le prepara, expelerlo con fármacos violentos o descuartizarlo para arrancar los pedazos, eso que es el aborto, constituye una crueldad asesina más grave aún de lo que sería cometer iguales atrocidades con sus padres.

Así comprendemos que al tratar de los delitos contra la vida y la libertad del hombre, la Iglesia determina en el Canon 1398 del Derecho Canónico que quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae, es decir, automáticamente, y reserva su absolución al Obispo o un sacerdote delegado.

Arrancar a la criatura del vientre de su madre o impedir la anidación

Para que quede en la memoria, reiteremos que es un asesinato intrauterino no solamente arrancar a la criatura del vientre de su madre, sino todas los procedimientos conducentes a impedir la anidación como, por ejemplo, los dispositivos intrauterinos (DIU) que mecánica (y a veces también hormonalmente) provocan una inflamación crónica, que impide la implantación del embrión; o todas las drogas presentadas como anticonceptivos pero que trastornan la motilidad de las trompas, o modifican el desarrollo del endometrio e impiden la anidación, horroroso ejemplo de los cuales son las inyecciones trimestrales “de depósito” como el acetato de nextroxiprogesterona, o los implantes subcutáneos. Todos ellos tan asesinos prenatales como los tóxicos RU 846 o “píldora del día después”, un verdadero pesticida humano que actúa separando poco a poco el embrión de la madre y lo mata lenta e inexorablemente, o las prostaglandinas vendidas perversamente como antiulceroso y que provocan la expulsión del niño por nacer.

Esta reiteración se hace necesaria porque con toda desfachatez se distribuyen en nuestra Diócesis esos preparados funestos, se los difunde en donde se debería promover la vida, y hasta se pretende recomendarlos a los adolescentes por medio de inicuos programas enmascarados como de salud reproductiva o iniciación en el desorden sexual.

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