lunes, 18 de abril de 2016

Estados del Hombre.


1. Concepto general. Por «estado» en el sentido teológico (y no en el biológico, eclesiológico o social: «estados naturales» condicionados biológicamente; profesiones y clases; estado laical, estado clerical, estado religioso) se entienden ciertas situaciones fundamentales (internas y externas) del hombre en la historia salvífica, las cuales determinan su relación con la salvación y están constituidas por la libre acción salvífica de Dios, o por la libertad del hombre, o por ambos a la vez.
2. En cuanto las realidades significadas con los e. del h. (justicia original; ->pecado original, ->naturaleza y gracia, ->redención, etc.) en todo momento estuvieron presentes en la conciencia creyente, siempre ha habido una doctrina acerca de los e. del h. aunque no bajo este concepto y sin una auténtica sistematización, pues la fe cristiana tanto en la dimensión individual como en la colectiva piensa de modo histórico-salvífico, y así debe distinguir necesariamente fases en lo que se refiere a la relación del hombre con su salvación definitiva.
Desde la edad media esta doctrina de los estados fue desarrollada más sistemáticamente, pero hasta hoy no se ha llegado todavía a sistematizarla en una forma universalmente aceptada, en la cual tengan su puesto claro todos los principios de distinción y todos los estados mencionados.
3. En la terminología usual esos estados en parte designan fases sucesivas en la historia salvífica del hombre individual (p. ej., status viatoris, status comprehensoris), y en parte resaltan distintos aspectos de una misma fase y situación (p. ej., cuando se habla del status naturae lapsae et reparatae, y así debe decirse que la actual situación salvífica está determinada tanto por el -> pecado original como por la -> redención). Además, en parte designan situaciones (en medio de las cuales se debe decidir) que anteceden a la libre decisión individual de cada hombre, y en parte designan unas situaciones que se constituyen por primera vez en virtud de tal decisión (status peccati, status iustificationis como situación salvífica constituida por la decisión del hombre en lo relativo a la falta de la ->gracia santificante, de la -> justificación en el pecador, o a la gracia aceptada con libertad [-> fe, -> amor]). Y, finalmente en parte son estados realmente existentes, y en parte se trata de un estado que sólo significa una situación abstracta, la cual no admite más que una determinación negativa (status naturae purae). Todos estos aspectos y principios dispares de división hacen casi imposible una única «tabla» de los estados que sea lógicamente clara y sistemática.
4. Si se considera básica, por un lado, la distinción entre las situaciones que anteceden a la libertad individual y las que están constituidas a la vez por la libertad del hombre, y, por otro lado, la distinción entre las fases históricamente distintas (no entre aspectos de las fases) de la historia salvífica, individual y colectiva, entonces se tienen las divisiones fundamentales de los estados del hombre.
Así resultan, de acuerdo con una distinción que aparece ocasionalmente en Tomás (ST iii q. 13 a. 1 ad 2) entre status innocentiae, culpae, gloriae, los siguientes estados:
a) Justicia original (status iustitiae originalis), o sea, la situación que como posibilidad de una libertad fundamentada en Dios fue dada previamente a la historia humana de la libertad; la -> naturaleza del hombre elevada por la gracia como comunicación de Dios mismo, la cual estaba ordenada a la -> visión de Dios como fin suyo. Ese estado era el del -> «principio» como tal.
Para mostrar la sobrenaturalidad de esa situación dada por la comunicación de Dios mismo, se afirma que éste también habría podido crear al hombre sin la gracia (Dz 2318), y se concibe así la posibilidad abstracta de un estado de naturaleza puro (status naturae purae) con el cual, sin embargo, no puede ser identificado, ni siquiera materialmente, el estado del pecador en el orden real en que nos encontramos.
La gracia que constituye esta primerísima situación salvífica puede ser pensada como -> gracia de Cristo, es decir, como aquella que Dios quiso con miras a su propia comunicación, y que por su naturaleza llega a su punto histórico culminante y a su aparición escatológica en la encarnación del Logos. Por consiguiente, también este estado del principio tiene esencialmente una configuración cristológica. Aquí no podemos estudiar si y hasta qué punto ese estado «paradisíaco» precedió «temporalmente» al estado de la historia de ->salvación. En todo caso hay que tener cuidado frente a una concepción que piensa el estado originario (la «historia originaria») simplemente como un fragmento temporalmente homogéneo de la historia temporal de salvación y así tropieza con dificultades ante la paleontología actual. Nosotros sólo podemos alcanzar este estado originario en una deducción etiológica a partir de nuestra propia situación salvífica.

b) El estado de naturaleza caída y reparada (status naturae lapsae et reparatae), que todavía está en curso dentro de la historia de la salvación, y prácticamente se identifica con el status viatoris. Es la situación histórico-salvífica creada por el -> pecado original y la redención del hombre (-> Jesucristo, -> redención). La situación del pecado original y la de la redención no pueden entenderse en primera línea como fases temporalmente sucesivas de la historia de la salvación, sino que son dos aspectos de una situación salvífica, precisamente de la historia de salvación que se da de hecho. Pues la voluntad salvífica de Dios en el estado original, la cual tiende hacia Cristo, se mantiene todavía (-> existencial sobrenatural, -> gracia); no hubo ni hay ninguna fase temporal en la que los hombres no estuvieran y no estén «objetivamente redimidos» (intuitu meritorum Christi); en esta historia no hay jamás un período que no esté condeterminado por el «pecado del mundo» (-> pecado y culpa, -> concupiscencia). Este estado, que es uno, puede darse en el hombre relacionándose diversamente con su libertad. 1 ° A manera de un mero hecho dado previamente, es decir, anteriormente a una toma de posición de la libertad ante él. En todo caso habrá que concebir así la situación histórico-salvífica del niño carente del uso de razón. Podemos omitir aquí la cuestión de si y hasta qué punto esta situación histórico-salvífica es diferente según que el niño esté bautizado o no lo esté. Pero en todo caso también la situación del niño se halla determinada no sólo por el pecado original, sino también por su «redención» objetiva. El niño debe ser bautizado (no solamente porque está en una situación de pecado original, sino también) porque está redimido (y, propiamente, no sólo para ser redimido); lo cual debe manifestarse eclesiástica y sacramentalmente (cf. también -> limbo).
2º. En forma de un no pecador a la -> voluntad salvífica de Dios y de ratificación del momento original en el estado histórico-salvífico: status peccatoris (status peccati).
3º. A manera de aceptación de la gracia dada previamente (por la fe, la esperanza y el amor) y de repulsa al momento de pecado original en el estado histórico-salvífico: status iustificati (status iustificationis), en cuanto este estado se da en y a través de una decisión personal; lo cual puede realizarse sin el -> bautismo de agua, pero llega a su plena manifestación histórica y social en el bautismo y en la plena pertenencia a la -> Iglesia (-> eucaristía).
c) Estado de la consumación en la -> visión de Dios (status comprehensoris, status patriae).
5. El único estado de la historia de la salvación que sigue transcurriendo todavía puede dividirse bajo el aspecto colectivo (y también individual, aunque evidentemente las fases de la historia individual y las de la colectiva no son sincrónicas) en la fase que precede y la que sigue a la aparición histórica de Cristo. Usando la terminología paulina ambas fases pueden ser caracterizadas como tiempo de la ley y tiempo del Evangelio (status legis, status evangelii [gratiael; cf. teología de -> Pablo). Pero hemos de advertir que en último término, esta división no ordena en una sucesión temporal los componentes fundamentales del único estado de la historia de la salvación (naturaleza, gracia, pecabilidad, procedencia de Cristo, procedencia de Adán), ya que en ella se trata de un orden temporal en la comprensión expresa de tales componentes en la historia de la revelación, y se refiere, pues, a la manera como esa comprensión fue posible antes o después del suceso histórico de Cristo (pero semejante comprensión es a su vez un momento en la historia misma de la salvación y así en la situación salvífica misma). Este status legis puede subdividirse todavía con Tomás (ST iii q. 60 a. 5 ad 3; q. 61 a. 4 ad 1), en un status legis naturae y un status veteris le gis. Pero esta terminología se presta a confusión, pues aquí natura no significa «naturaleza pura», sino que designa todos los componentes fundamentales de la situación histórica de la salvación (en la manera precristiana), y en este sentido la lex vetus (como ley veterotestamentaria) no es exponente de una situación salvífica que tuviera validez para todos los hombres. Por tanto, esa división, sólo atañe a la historia particular de la revelación y salvación de Israel (antes y después de Moisés: historia de los patriarcas, historia de la alianza del Sinaí).
BIBLIOGRAFÍA: Cf. bibl. x gracia, >r naturaleza y gracia, Jr orden sobrenatural, fin del Jr hombre. K. Rahner IV 215-244; U. Kühn, Natur und Gnade (B 1961); H. U. v. Balthasar, Karl Barth (Kö 21962); H. Renckens, Urgeschichte und Heilsgeschichte (Mz 31964). 1. Willig, Geschaffene und ungeschaffene Gnade (Mr 1964); A. Darlap, Fundamentale Theologie der Heilsgeschichte: MySal 1 1-156; H. de Lubac, El misterio del sobrenatural (Estela Ba 1968); M. Schmaus, Das Paradies (Mn 1965); W. Seibel, Der Mensch als Gottes übernatürliches Ebenbild und der Ur-Stand des Menschen: MySal II 805-840 (bibl.).
Karl Rahner

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