En la azora 2, aleya 275 del Corán se dice: «Alá ha autorizado el comercio y prohibido la usura».
Siguiendo
este precepto, de una manera ingeniosa se han ideado sistemas para
prestar de un modo que no pueda equipararse a la usura. Así el sistema
bancario islámico ha ideado las siguientes modalidades de préstamo:
Al mudaraba.
El banco pone el capital y el cliente el esfuerzo para realizar un
negocio o el desarrollo de una empresa. Ambos, banco y cliente,
comparten beneficios y pérdidas, en caso de haberlos.
Al murabaha.
El banco compra el producto que solicita el cliente y acuerda con él un
precio. Se compromete a vendérselo a otro precio acordado, ganando el
banco la diferencia.
Al musharaka.
El banco y el cliente se hacen socios, aportan el mismo capital y
asumen los mismos riesgos y beneficios según la siguiente proporción: un
tercio para el banco, otro para el cliente y el tercero para amortizar
el préstamo.