Los datos revelados sobre el bautismo fueron acogidos, comprendidos y
desarrollados, por lo que se refiere al período patrístico, en las numerosas e
interesantes catequesis bautismales con las que se trataba de introducir a los
catecúmenos en el significado y en la celebración del misterio (las mistagogias).
Surge asimismo desde el principio una enseñanza teológica, destinada a los que
ya han sido bautizados, que profundiza en los elementos adquiridos al recibir el
bautismo, favorecida por el hecho de que la institución y la estructura
bautismales, junto con las de la eucaristía, estuvieron desde el principio más
claras que en cualquier otro sacramento. De este modo surgieron los primeros
tratados sobre el bautismo, como los de Tertuliano y Basilio de Cesarea. Hay un
tercer elemento que enriquece la doctrina católica sobre el bautismo: es el
constituido por las controversias, como la originada en torno a la validez del
sacramento celebrado por herejes, en el siglo III o en la crisis donatista7.
Estos modos con los que la Iglesia ha profundizado en la revelación del
sacramento han de ser unidos a las fórmulas, a las acciones, a los ritos que
componen la iniciación cristiana en general o bien aun recorrido catecumenal
específico. Éstos incluyen dos aspectos complementarios y significativos con
respecto a la concepción del bautismo: los elementos iniciales de la fe y la
conversión radical de la vida. Los primeros se encuentran ahora en los símbolos
de la fe, en los que, con fórmulas brevísimas, se representa el misterio
cristiano, el trinitario y cristológico, acompañado de la profesión de fe en el
perdón de los pecados y la vida eterna. La conversión forma el espíritu y, a
diferencia de los misterios paganos, exige la santidad y transformación
interiores.
Los contenidos de la enseñanza, durante el período patrístico, fueron
esencialmente los siguientes. En primer lugar, la necesidad del bautismo como
medio de entrada y pertenencia a la Iglesia, comunidad indispensable para
recibir la salvación de Cristo. Esa verdad se basa en el hecho de que el
sacramento es considerado como el signo que perdona los pecados, más aún: es el
«bautismo para el perdón de los pecados» (DS 41; 42; 44;150;1862) 8.
En segundo lugar, a través de las controversias se llega a distinguir entre
validez y eficacia: el bautismo puede ser conferido válidamente también fuera de
la comunión católica; no depende ni de la fe ni de la santidad del ministro. Los
ministros pertenecen a Dios y a la Iglesia, no al ministro. Pero no está
aclarada del todo la cuestión de la eficacia del bautismo conferido por un
ministro cismático o hereje.
Por otra parte, en este período no se duda de la necesidad y legitimidad del
bautismo de niños recién nacidos. Se insiste con gran vigor tanto en la
universalidad del pecado original como en la necesidad del bautismo para todos
los hombres. No podemos dejar de destacar, en la teología patrística, la riqueza
de imágenes y de conceptos con la que se describe el bautismo y sus efectos:
vivifica, lava los pecados, hace renacer, ilumina (el bautizado es el
iluminado), es retorno a la casa paterna, se convierte en vida, suscita la
alegría de la salvación, libera de la esclavitud, nos da la salud física y
espiritual por medio del médico divino...
Durante el período medieval se precisan los factores constitutivos del bautismo:
materia, fórmula, ministro, «sujeto», eficacia y efectos. El hecho de tratar los
sacramentos en general favorece la sistematización en la exposición de cada
sacramento en particular y la distinción con respecto a la circuncisión del A.T.
y a los sacramentales.
En lo referente al bautismo se llega a una doctrina explícita sobre el carácter,
concebido como configuración a Cristo y disposición para recibir la gracia.
Santo Tomás presenta el carácter como disposición para recibir los otros
sacramentos y como configuración con el sacerdocio de Cristo. Dos son las causas
instrumentales con las que la Trinidad, causa eficiente principal, se hace
presente: la pasión de Cristo y la acción del ministro.
Los elementos recibidos como herencia de los Padres de la Iglesia permitieron a
los maestros medievales elaborar síntesis de la fe eclesial, donde presentan una
enseñanza que se ha vuelto clásica, a pesar de sus claros e inevitables límites,
y recuperada en sus elementos esenciales por el concilio de Florencia (cfr. DS
1310-1316). Pero tampoco podemos olvidar la carta del año 1201 del papa
Inocencio III a Ymbertus, obispo de Arles, en la que confirma que, aunque cabe
pensar que los niños que mueren sin bautizar sean salvados por Dios
misericordioso, procurándoles algún remedio, no deja de tener utilidad y razón
el bautismo de los niños, que evita el peligro de condenación, hace renacer del
agua y del Espíritu y procura la entrada en el reino de los cielos (cfr. DS
780).
El concilio de Trento no presenta una doctrina bautismal completa, sino que se
propone ante todo reconfirmar los puntos negados por los Reformadores 9.
Con todo, es preciso tener en cuenta que los cánones que tratan directamente el
bautismo (cfr. DS 1614-1627) están precedidos, además de los dedicados a los
sacramentos en general, también de las sesiones sobre el pecado original y sobre
la justificación, que recogen preciosas afirmaciones sobre este sacramento (cfr.
DS 1313-1316; 1524; 1528-1529). Parece que podemos sintetizar los puntos
fundamentales de la doctrina conciliar de la manera siguiente. El bautismo,
sacramento de la fe, es la causa instrumental sin la cual nadie puede obtener la
justificación interior: el impío, con el lavado de la regeneración, pasa del
estado de hijo del primer Adán a un estado de gracia y de hijo adoptivo de Dios,
según la enseñanza de Jn 3, 5. Quien no renace en Cristo a través del agua y con
el don del Espíritu no puede entrar en el reino de Dios. Por eso es necesario
bautizar a los recién nacidos, porque están marcados por el pecado de Adán, que
se expía con el lavado de la regeneración, el cual suprime todo lo que tiene
verdadera y propia razón de pecado y hace conseguir la vida eterna. El bautismo
perdona el pecado original, todos los pecados actuales, todas las penas debidas
al pecado. Imprime el carácter indeleble e introduce al hombre en la Iglesia (cfr.
DS 1671). El hereje bautiza de manera válida, si realiza el gesto debido con la
verdadera fórmula y tiene la intención de realizar lo que hace la Iglesia.
No debemos olvidar la condena de la interpretación modernista del bautismo (cfr.
DS 3440-3443). Afirma ésta que el bautismo tuvo su origen, igual que los otros
sacramentos, en una iniciativa de los apóstoles y de sus sucesores, que, movidos
por diferentes circunstancias, interpretaron una idea o intención de Cristo. Fue
la comunidad cristiana quien impuso la necesidad del bautismo añadiendo
obligaciones sobre la profesión de fe cristiana. De este modo, también el uso de
conferir el bautismo a los niños fue simplemente el resultado de una evolución
disciplinar.
Las enseñanzas del concilio Vaticano II pueden ser incluidas, de un modo un
tanto reductor, en dos vetas esenciales: la primera está centrada en el hecho de
que con el bautismo se significa y se causa nuestra unión con la muerte y
resurrección de Cristo; somos configurados con Cristo (cfr. LG 7). Con él se
insertan los hombres en el misterio pascual y reciben el Espíritu de hijos
adoptivos, se convierten en los verdaderos adoradores que busca el Padre (cfr.
SC 6). El único bautismo forma un único pueblo de Dios (cfr. LG 32), agrega e
incorpora a la Iglesia, cuya puerta es. De este modo, todos los cristianos están
llamados a manifestar, con su vida y con su palabra, al hombre nuevo de que han
sido revestidos en el bautismo (cfr. AG 11). En este primer grupo están
recogidas las afirmaciones concernientes a la unión sacramental del bautizado
con Cristo y con su cuerpo, la Iglesia, así como sus efectos salvíficos.
La segunda veta, en cambio, está centrada en el sacerdocio bautismal y en sus
aspectos cultual, profético y real (cfr. LG 9-13). Los bautizados, llamados a la
santidad, están consagrados para formar un templo espiritual y un sacerdocio
santo, para ofrecer sacrificios espirituales y hacer conocer los prodigios de
Aquel que los ha llamado a la luz. Constituyen un linaje escogido, sacerdocio
real, nación santa, pueblo de adquisición. Regenerados por ser hijos de Dios,
están destinados al culto de la religión cristiana por su carácter bautismal. El
aspecto específico del sacerdocio de los fieles no consiste en la realización
del sacrificio eucarístico en la persona de Cristo
(in persona Christi), como el ministerial,
sino en participar en la ofrenda de la eucaristía, y se ejerce de modo
particular en la recepción de los sacramentos. Por consiguiente, tiene un
carácter cultual y es concebido en referencia a la eucaristía.
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