En 2012 salieron a la luz dos casos similares con consecuencias jurídicas muy diferentes. En Alemania, un hombre que convivía con su hermana y tenía cuatro hijos con ella fue condenado a prisión. La sentencia se mantuvo pese a que recurrió a un tribunal europeo. En cambio, los hermanos gallegos Daniel y Rosa Peña, con 35 años de relación y dos descendientes en común, consiguieron legalizar su situación y la justicia les otorgó el libro de familia. Con ello, dejaron de figurar como tío y madre de sus hijos para convertirse, legalmente, en sus progenitores, pese a que no les está permitido casarse.
Por motivos biológicos -más riesgo de enfermedades a causa de la consanguinidad-, éticos - son relaciones que pueden proceder de una posición de abuso de uno de los implicados-, atractivo - no suele darse entre quienes se han criado juntos- y económicos - socialmente conviene la redistribución-, el incesto ha estado tradicionalmente penado por la ley. Pero hoy en día en muchos países se plantea la opción de aceptar estas uniones cuando los dos miembros son libres de tenerlas. Por ejemplo, en España dejó de ser delito en 1978, aunque se prohíbe el matrimonio; en Suecia se permite casarse a los hermanastros de padre; en Francia está despenalizado desde Napoleón; y en algunos estados de EE.UU., las relaciones sexuales consanguineas son legales pero hay restricciones a la hora de contraer matrimonio.
Por motivos biológicos -más riesgo de enfermedades a causa de la consanguinidad-, éticos - son relaciones que pueden proceder de una posición de abuso de uno de los implicados-, atractivo - no suele darse entre quienes se han criado juntos- y económicos - socialmente conviene la redistribución-, el incesto ha estado tradicionalmente penado por la ley. Pero hoy en día en muchos países se plantea la opción de aceptar estas uniones cuando los dos miembros son libres de tenerlas. Por ejemplo, en España dejó de ser delito en 1978, aunque se prohíbe el matrimonio; en Suecia se permite casarse a los hermanastros de padre; en Francia está despenalizado desde Napoleón; y en algunos estados de EE.UU., las relaciones sexuales consanguineas son legales pero hay restricciones a la hora de contraer matrimonio.
Las relaciones incestuosas entre adultos que consienten han sido despenalizadas en las siguientes naciones y jurisdicciones:
1. Francia – El delito de incesto fue removido del Código Penal hace dos siglos, bajo el mandato de Napoleón Bonaparte. Aun así, los hermanos no pueden casarse y, en el 2004, a un hombre que tenía relaciones sexuales con su media hermana se le negó la paternidad legal de su propio hijo.
2. España – El incesto desapareció como delito en 1978 y a familiares directos que tengan esa relación solo se les prohíbe el matrimonio.
3. Suecia - Es el único país de Europa que permite el matrimonio entre hermanos que comparten un padre.
4. Portugal – El incesto consensual ya no es procesado en ese país, al igual que en los Países Bajos.
5. Nueva Jersey - Las relaciones sexuales entre parientes adultos son legales desde 1979. Sin embargo, prohíbe a la persona casarse con su padre o madre o hijo, hermano o hermana, sobrina o sobrino, o una tía o un tío.
En Puerto Rico, el Código Penal de Puerto Rico castiga con 50 años de prisión el incesto, delito que define como relación sexual entre aquellas personas que tengan una relación de parentesco, por consanguinidad, adopción o afinidad, hasta el tercer grado; independientemente de si se trata de una pareja de adultos en que ambos están de acuerdo.
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