sábado, 22 de junio de 2013

Abstemio

Un abstemio es aquel que no puede tomar vino sin riesgo de vomitar. Por lo tanto, como la consagración en la Misa debe realizarse bajo ambas especies, de pan y vino, un abstemio es, en consecuencia, irregular.
San Alfonso, tras el dictamen de Francisco Suárez, enseña que dicha irregularidad es de jure divino, y que, por lo tanto, el Papa no puede dispensar de ella. El término se aplica también a uno que tiene una fuerte aversión por el vino, aunque sea capaz de tomar una pequeña cantidad. Un disgusto de esta naturaleza no constituye irregularidad, pero requiere una dispensa papal para excusarse de la utilización del vino en la purificación del cáliz y la ablución de los dedos del sacerdote al final de la Misa. En estos casos el uso del vino es una ley eclesiástica, la cual la Iglesia tiene el poder de dispensar. Un decreto de Propaganda, fechado 13 de enero de 1665, concede una dispensa en este sentido a misioneros en China, debido a la escasez de vino; varias regulaciones similares se encuentran en la colección de los decretos de la Congregación de Ritos.
Ocasionalmente los herejes ha declarado que la abstención del uso del vino es obligatoria. Fue uno de los principios del gnosticismo del siglo II. Taciano, el fundador de la secta conocida como los encratitas, prohibió el uso del vino, y sus seguidores se negaron a hacer uso de él, incluso en el sacramento del altar; en su lugar utilizaban agua. Estos herejes, citados por San Ireneo (Adv. Haer. 1.30), se conocieron como hidroparastatae, acuarianos y encratitas. Al año siguiente les siguió la gran herejía maniquea. Estos herejes, a su vez, profesaban la mayor aversión posible al vino, como una de las fuentes de pecado. San Agustín, en su libro contra las herejías, cap. XLVI, dice de ellos, "Vinum non bibunt, dicentes esse fel principum tenebrarum” ---Ellos no beben vino, pues dicen que es el descaro del príncipe de las tinieblas." Hicieron uso del agua en la celebración de la Misa.
A principios de la Reforma, una de las quejas alegadas contra la Iglesia era que ella no permitía a los fieles recibir la Comunión bajo ambas especies. "Excusamos a ", así reza la Confesión de Augsburgo ", que ha sufrido la injusticia de recibir sólo bajo una especie, sin poder tenerlas ambas; pero no excusamos a los autores de esta injusticia, que mantienen que fue correcto prohibir la administración del sacramento completo ". ¿Cómo, entonces, fueron aquellos admitidos a la Mesa del Señor los que no podían comulgar bajo la especie de vino? Un decreto del Sínodo de Poitiers (1560) dice: "El pan de la Cena del Señor se administrará a aquellos que no pueden beber el vino, a condición de que declaren que no se abstienen por desprecio." Otros sínodos protestantes también establecieron la regla de que las personas que no pueden tomar vino podrán ser admitidas en la Mesa del Señor, a condición de que deberán al menos tocar con sus labios la copa que contiene la especie de vino. Por otro lado, Jurieu, partiendo del principio según el cual Cristo fundó la esencia de la Eucaristía en las dos especies, declaró que una abstemio no recibe el Sacramento, porque el mismo se compone de dos partes, y él recibe solamente una. Una gran controversia se produjo entre los mismos protestantes sobre este punto. Bossuet sostuvo que la comunión bajo las dos especies no podía ser de obligación divina, ya que muchos se verían privados del Sacramento debido a debilidad natural.

Bibliografía: BENEDICTO OJECTI, Synopsis Rerum Moralium et Juris Pontificii (1904); Theologia Moralis Sti. Alphonsi, Lib. VII, 409; Collectanea S. Congregationis de Propagandâ Fide, N. 798; BOSSUET, La Tradition défendue sur la matière de la communion sous une espèce, VI; JEROME in Dict. de théol. cath., s.v.; Abstème; CORBLET, Hist. du Sacrement de l'Eucharistie (París, 1886).
Fuente: Gignac, Joseph. "Abstemii." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907. <http://www.newadvent.org/cathen/01066a.htm>.
Traducido por Luz María Hernández Medina.

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