Párrafo XVI
Expónense varias razones para la guerra, no sólo defensiva y tuitiva de los misioneros apostólicos, sino de la agresiva y ofensiva contra los indios gentiles de las montañas y andes de estos reinos
Hay ahora nuevas razones para la guerra, no sólo defensiva y tuitiva de los misioneros, sino para la agresiva y ofensiva contra los indios de las montañas, principalmente de la jurisdicción y cercanía de este arzobispado de Lima. Débese primero suponer, con la sentencia común de los teólogos, que no es lícito, sino intrínsecamente malo, compeler a los infieles a recibir la fe, sean súbditos o no lo sean. Es artículo expreso del Angélico Doctor Santo Tomás y de los autores del margen, con otros muchos (1). Por que la coacción no se puede hacer sin legítima potestad, lo cual es por sí evidente. La Iglesia no la tiene comunicada por Cristo, ni para [compe]ler a los infieles a que oigan los artículos de la fe, ni menos para que la reciban, porque [ha] de ser su recepción libre, espontánea y voluntaria. Confiesa la Iglesia católica no tener semejante potestad para compeler a los infieles a entrar, por el bautismo, al convite del Evangelio y que sean del número de los que aumentan el pequeñuelo rebaño de la Iglesia. Así lo entendió Inocencio Tercero, el Concilio Tridentino y la opinión de los Santos Padres (2).
Y aunque el Doctor Subtil, Escoto, sea de la opinión que pueden ser compelidos, indirectamente, los infieles súbditos al dominio temporal, a recibir la fe, probándolo con ejemplos de reyes de España, de los concilios toledanos, cuarto y sexto, con la autoridad de San Gregorio, cuya Epístola Vigésima Sexta se refiere en un capítulo del Derecho Canónico, y con la regla de San Agustín: que los malos han de ser prohibidos de ejecutar lo malo y obligados a lo bueno; con todo eso es más segura en conciencia y más probable la referida opinión de Santo Tomás. Y se responden con gran facilidad, por el cardenal Cayetano, por Seraphino Capponi Aporrecta y por el Eximio Doctor, los argumentos del Doctor Subtil, Escoto. Y así, supuesto que no pueden ser compelidos con ninguna coacción, directa no indirecta, los fieles súbditos, o no súbditos, a recibir la fe, digo que hay ahora muchas razones y motivos para la guerra, no solo defensiva y tuitiva de los misioneros, sino para la agresiva y ofensiva contra los indios infieles de estos reinos.
Por la apostasía de la fe y de la religión, volviéndose los bautizados a la infidelidad, incurren en las penas de los he/rejes, los cuales no son fulminadas/ contra ellos en cuanto herejes, sino contra toda apostasía infiel, como rectamente lo advirtió el maestro Cano (3). Y se deduce ésta doctrina de todo el título de Apostasis. Con que si los apóstatas son reos dignos de la pena de fuego, de que los son los herejes, con inevitable consecuencia, el delito de la apostasía de la fe merece ser castigado con guerra ofensiva para que mediante ella, sean compelidos a observar la ley cristiana de que desertaron.
Aquí, tratando de la apostasía de la fe y de la religión, que es la propia y vigorosa apostasía, se advierte que, según el uso de los latinos, da también apostasía en las cosas civiles. Y así, revelarse los súbditos y vasallos a su rey y señor natural es apostatar, como lo advierte Daciano, en su Tratado criminal (4). Véase, pues, la pena y castigo que merecen los vasallos desertores, apóstatas y rebeldes a su príncipe y señor natural y si, para castigarlos, se puede lícita y justamente hacerles guerra, no solamente defensiva de los predicadores de la fe, sino ofensiva, para castigo de su rebeldía, alzamiento y traición.
En términos de apostasía, es expresa sentencia del angélico doctor Santo Tomás que distingue: infieles que nunca recibieron la fe, como los gentiles y judíos, y de éstos dice que de ningún modo deben ser compelidos a la fe para que la crean; otros infieles, dice el Santo, son los que recibieron la fe y la profesaron, como los herejes y cualesquiera apóstatas, y de estos dice que han de ser compelidos con penas corporales a cumplir lo que prometieron y a observar y tener lo que una vez recibieron (5). De cuya angélica doctrina parece se sigue: que es justa la guerra ofensiva para castigo de estos infieles apóstatas, enemigos de Dios y de su rey.
Son enormes los delitos de los indios alzados en las montañas de estos reinos y, principalmente, de los confinantes a las provincias de Tarma, de Huánuco y de Huamalíes; son reos del crimen lesae maiestatis, por el alzamiento y rebelión contra su rey legítimo y señor, saliendo de las montañas a hacer hostilidades a los cristianos de acá fuera, sugeriéndoles inobediencia y alzamiento, como en estos años se está experimentando. Son blasfemos, diciendo de Cristo, de sus santos y de la Iglesia execrables proposiciones. Con sus presunciones y amparo, han inducido a muchos indios cristianos a que dejen la fe y vuelvan a su infidelidad, avecindándolos entre ellos y en sus montañas. Han hecho sacrílegas persecuciones a los misioneros y predicadores de la fe, quitándoles la vida los apóstatas convertidos, con el auxilio de los gentiles de las montañas, a donde éstos homicidas indios, samaritanos, cristianos en el nombre y Judas apóstatas, se entraron éstos años próxima pasados. De todo esto estará Su Majestad informado con noticias individuales que los señores virreyes habrán ministrado (6).
Estos delitos son causa justa de la guerra contra los infieles, para compelerlos a que no impidan la propagación de la fe en muchos inocentes que la recibieron si, suficientemente, fuesen instruidos en la evidente credibilidad de sus artículos y misterios y fuesen alumbrados con auxilios y con el lumbre de la fe, para que su Divina Majestad los sacase de los abominables errores y tinieblas de su infidelidad. Muchos de éstos gentiles ha mucho tiempo que tienen noticia de nuestra santa fe, con que la infidelidad de los adultos no es negativa, como dicen los teólogos, sino positiva y voluntaria, debiendo hacer de su parte diligencias para salvarse. Y así muchos se condenarán, no sólo por otras/ culpas y pecados enormes, sino también por el pecado de la infidelidad, cuya lástima atraviesa el corazón de personas piadosas y cristianas y, en superlativo grado, las muertes de los infantes, sin bautismo y sin pecados actuales.
Su Majestad, por el cristianísimo celo de la pureza de la fe y por el deseo de su propagación que alienta en su católico pecho, por la soberanía y dominio legítimo conforme a todo derecho y por el derecho que tiene en estos reinos, con especial potestad comunicado de la Santa Sede, para la predicación del Santo Evangelio, tiene el oficio que tuvieron los apóstoles de publicar el Santo Evangelio. Palabras son de nuestro rey y señor Felipe Segundo, quien prosigue pretextando que la había de dilatar en las Islas Filipinas, en infinitos reinos, quitándoles el imperio a los demonios y dando a conocer el verdadero Dios, sin esperanza alguna de bienes temporales. Y concurriendo, al presente, la rebelión de los indios y la que se va descubriendo de indios cristianos, inficionados de los gentiles, y de muchos mestizos, sobrinos suyos. Contra su soberano y contra sus ministros y vasallos, y que sus delitos contra la fe impiden su propagación, quitando la vida a los religiosos doctrineros, es, sin duda alguna, justa la guerra ofensiva que se les debe hacer.
Esto nadie lo duda; dúdase, empero, si será conveniente, porque muchas cosas son lícitas y no conviene ejecutarlas. Esto se reserva al soberano y acertado dictamen de los príncipes y sus consejos. En términos terminantes de misión, es ésta máxima política y cristiana de San Pablo. Parece que en la carta primera a los Corintios, el Capítulo Sexto, previó proféticamente a los sacrílegos delitos de los indios rebeldes y apóstatas de estas montañas. Dice el santo apóstol que hacen injuria y fraude a sus hermanos, que son los fi[eles]; dice que ni los entregados al vicio de la sensualidad, los idólatras, los adúlteros, los ladrones, los [ava]ros, los continuamente embriagados, los maledicentes, ni los que salen a quitar hacienda ajena (todos vicios de estos Indios) poseerán el reino de Dios, añadiendo que éstos fueron los corintios antes de su ablución y de la santificación del sagrado bautismo (el dolor es que tienen éstos vicios innumerables indios después de bautizados) (7). El santo misionero después de la relación de estos graves delitos, finaliza con la máxima política y cristiana: que todo es lícito, pero que todo no conviene ejecutarse.
El remedio de lo dicho es lícito y conforme a la ley de Dios. A Su Majestad le toca el previamente deliberar si será conveniente el aplicarlo. Lo que a nosotros conviene, por nuestra rendida obediencia a Su Majestad y por la especial obligación de nuestro sagrado Orden, es decir, con el Apóstol de los misioneros, San Pablo, en su carta a los Efesios, al capítulo sexto: que estamos, con verdad armados de punta en blanco, vestidos con la malla de la justicia, calzados los pies en la preparación del Evangelio y de su paz; que tenemos ya embrazado el escudo de la fe, para extinguir las flechas ígneas de esos idólatras y apóstatas; que tenemos ya sobre nuestras corazas el yelmo de la Salud, la espada del espíritu, que es la palabra de Dios, pidiéndole en nuestras oraciones y obsecraciones continuamente (8). Que Su Majestad resuelva el expediente de reducir a la fe y a su dominio los indios de éstas montañas y de todos los reinos de esta América: ni para la misión y conquista espiritual de estos indios, infieles a su Dios y rebeldes a su Rey, faltarán en este Nuevo Mundo operarios del venerable clero, que siembren, cultiven y cojan la mies que fructificare el grano del Evangelio, con su apostólica predicación, como de los sacerdotes seculares del mundo antiguo, lo lamentaba el grande pontífice San Gregorio, diciendo: lleno está el mundo de sacerdotes, pero para la mies de Dios raro es el obrero que se halla (9). Irán sin duda a estas conversiones, para que no se digan que las hallaron hechas y se entraron después, a segar lo que otros sembraron, que es lo que Cristo dijo a sus discípulos, por las palabras del margen (10).
Si fue gloria del señor rey don Fernando El Católico descubrirlas casi inmensas y opulentísimas tierras de estos reinos, para engrandecer la monarquía eclesiástica y los dominios de España en las cuatro partes del Orbe, será gloria perfecta de nuestro rey y señor don Fernando, que Dios guarde, finalizar totalmente en su reinado ambas conquistas. Envíenos Su Majestad a estas misiones, si es de su real agrado: iremos como ovejas a ponernos en medio de esos lobos, para convertirlos en corderos, con la gracia de Dios; iremos, siendo Dios servido, con el candor y sinceridad de las palomas; les predicaremos, a esas fieras montaraces, la fe y palabra de Dios, con la prudencia de serpiente, que esto y mucho más tiene prometido Cristo a los misioneros de su santo nombre. Resuelva Su Majestad que se emprendan estas conquistas que, con sus triunfos, quitará de las columnas de Hércules el Non Plus Ultra y, gloriosamente, lo unirá con el Plus Ultra de la América. Y, finalmente, si Su Majestad, por su real arbitrio, determina vayan a esas y otras misiones los redentores mercedarios, protestamos morir en la demanda. Las barras de Aragón, que traemos al pecho, se gravaron con los dedos teñidos en la sangre vertida de valientes héroes; y, con la nuestra, en el escudo real y militar que traemos, pondrá por orla y honorífico blasón este rubicundo y ensangrentado lema: Por la fe y por el rey.
Expónense varias razones para la guerra, no sólo defensiva y tuitiva de los misioneros apostólicos, sino de la agresiva y ofensiva contra los indios gentiles de las montañas y andes de estos reinos
Hay ahora nuevas razones para la guerra, no sólo defensiva y tuitiva de los misioneros, sino para la agresiva y ofensiva contra los indios de las montañas, principalmente de la jurisdicción y cercanía de este arzobispado de Lima. Débese primero suponer, con la sentencia común de los teólogos, que no es lícito, sino intrínsecamente malo, compeler a los infieles a recibir la fe, sean súbditos o no lo sean. Es artículo expreso del Angélico Doctor Santo Tomás y de los autores del margen, con otros muchos (1). Por que la coacción no se puede hacer sin legítima potestad, lo cual es por sí evidente. La Iglesia no la tiene comunicada por Cristo, ni para [compe]ler a los infieles a que oigan los artículos de la fe, ni menos para que la reciban, porque [ha] de ser su recepción libre, espontánea y voluntaria. Confiesa la Iglesia católica no tener semejante potestad para compeler a los infieles a entrar, por el bautismo, al convite del Evangelio y que sean del número de los que aumentan el pequeñuelo rebaño de la Iglesia. Así lo entendió Inocencio Tercero, el Concilio Tridentino y la opinión de los Santos Padres (2).
Y aunque el Doctor Subtil, Escoto, sea de la opinión que pueden ser compelidos, indirectamente, los infieles súbditos al dominio temporal, a recibir la fe, probándolo con ejemplos de reyes de España, de los concilios toledanos, cuarto y sexto, con la autoridad de San Gregorio, cuya Epístola Vigésima Sexta se refiere en un capítulo del Derecho Canónico, y con la regla de San Agustín: que los malos han de ser prohibidos de ejecutar lo malo y obligados a lo bueno; con todo eso es más segura en conciencia y más probable la referida opinión de Santo Tomás. Y se responden con gran facilidad, por el cardenal Cayetano, por Seraphino Capponi Aporrecta y por el Eximio Doctor, los argumentos del Doctor Subtil, Escoto. Y así, supuesto que no pueden ser compelidos con ninguna coacción, directa no indirecta, los fieles súbditos, o no súbditos, a recibir la fe, digo que hay ahora muchas razones y motivos para la guerra, no solo defensiva y tuitiva de los misioneros, sino para la agresiva y ofensiva contra los indios infieles de estos reinos.
Por la apostasía de la fe y de la religión, volviéndose los bautizados a la infidelidad, incurren en las penas de los he/rejes, los cuales no son fulminadas/ contra ellos en cuanto herejes, sino contra toda apostasía infiel, como rectamente lo advirtió el maestro Cano (3). Y se deduce ésta doctrina de todo el título de Apostasis. Con que si los apóstatas son reos dignos de la pena de fuego, de que los son los herejes, con inevitable consecuencia, el delito de la apostasía de la fe merece ser castigado con guerra ofensiva para que mediante ella, sean compelidos a observar la ley cristiana de que desertaron.
Aquí, tratando de la apostasía de la fe y de la religión, que es la propia y vigorosa apostasía, se advierte que, según el uso de los latinos, da también apostasía en las cosas civiles. Y así, revelarse los súbditos y vasallos a su rey y señor natural es apostatar, como lo advierte Daciano, en su Tratado criminal (4). Véase, pues, la pena y castigo que merecen los vasallos desertores, apóstatas y rebeldes a su príncipe y señor natural y si, para castigarlos, se puede lícita y justamente hacerles guerra, no solamente defensiva de los predicadores de la fe, sino ofensiva, para castigo de su rebeldía, alzamiento y traición.
En términos de apostasía, es expresa sentencia del angélico doctor Santo Tomás que distingue: infieles que nunca recibieron la fe, como los gentiles y judíos, y de éstos dice que de ningún modo deben ser compelidos a la fe para que la crean; otros infieles, dice el Santo, son los que recibieron la fe y la profesaron, como los herejes y cualesquiera apóstatas, y de estos dice que han de ser compelidos con penas corporales a cumplir lo que prometieron y a observar y tener lo que una vez recibieron (5). De cuya angélica doctrina parece se sigue: que es justa la guerra ofensiva para castigo de estos infieles apóstatas, enemigos de Dios y de su rey.
Son enormes los delitos de los indios alzados en las montañas de estos reinos y, principalmente, de los confinantes a las provincias de Tarma, de Huánuco y de Huamalíes; son reos del crimen lesae maiestatis, por el alzamiento y rebelión contra su rey legítimo y señor, saliendo de las montañas a hacer hostilidades a los cristianos de acá fuera, sugeriéndoles inobediencia y alzamiento, como en estos años se está experimentando. Son blasfemos, diciendo de Cristo, de sus santos y de la Iglesia execrables proposiciones. Con sus presunciones y amparo, han inducido a muchos indios cristianos a que dejen la fe y vuelvan a su infidelidad, avecindándolos entre ellos y en sus montañas. Han hecho sacrílegas persecuciones a los misioneros y predicadores de la fe, quitándoles la vida los apóstatas convertidos, con el auxilio de los gentiles de las montañas, a donde éstos homicidas indios, samaritanos, cristianos en el nombre y Judas apóstatas, se entraron éstos años próxima pasados. De todo esto estará Su Majestad informado con noticias individuales que los señores virreyes habrán ministrado (6).
Estos delitos son causa justa de la guerra contra los infieles, para compelerlos a que no impidan la propagación de la fe en muchos inocentes que la recibieron si, suficientemente, fuesen instruidos en la evidente credibilidad de sus artículos y misterios y fuesen alumbrados con auxilios y con el lumbre de la fe, para que su Divina Majestad los sacase de los abominables errores y tinieblas de su infidelidad. Muchos de éstos gentiles ha mucho tiempo que tienen noticia de nuestra santa fe, con que la infidelidad de los adultos no es negativa, como dicen los teólogos, sino positiva y voluntaria, debiendo hacer de su parte diligencias para salvarse. Y así muchos se condenarán, no sólo por otras/ culpas y pecados enormes, sino también por el pecado de la infidelidad, cuya lástima atraviesa el corazón de personas piadosas y cristianas y, en superlativo grado, las muertes de los infantes, sin bautismo y sin pecados actuales.
Su Majestad, por el cristianísimo celo de la pureza de la fe y por el deseo de su propagación que alienta en su católico pecho, por la soberanía y dominio legítimo conforme a todo derecho y por el derecho que tiene en estos reinos, con especial potestad comunicado de la Santa Sede, para la predicación del Santo Evangelio, tiene el oficio que tuvieron los apóstoles de publicar el Santo Evangelio. Palabras son de nuestro rey y señor Felipe Segundo, quien prosigue pretextando que la había de dilatar en las Islas Filipinas, en infinitos reinos, quitándoles el imperio a los demonios y dando a conocer el verdadero Dios, sin esperanza alguna de bienes temporales. Y concurriendo, al presente, la rebelión de los indios y la que se va descubriendo de indios cristianos, inficionados de los gentiles, y de muchos mestizos, sobrinos suyos. Contra su soberano y contra sus ministros y vasallos, y que sus delitos contra la fe impiden su propagación, quitando la vida a los religiosos doctrineros, es, sin duda alguna, justa la guerra ofensiva que se les debe hacer.
Esto nadie lo duda; dúdase, empero, si será conveniente, porque muchas cosas son lícitas y no conviene ejecutarlas. Esto se reserva al soberano y acertado dictamen de los príncipes y sus consejos. En términos terminantes de misión, es ésta máxima política y cristiana de San Pablo. Parece que en la carta primera a los Corintios, el Capítulo Sexto, previó proféticamente a los sacrílegos delitos de los indios rebeldes y apóstatas de estas montañas. Dice el santo apóstol que hacen injuria y fraude a sus hermanos, que son los fi[eles]; dice que ni los entregados al vicio de la sensualidad, los idólatras, los adúlteros, los ladrones, los [ava]ros, los continuamente embriagados, los maledicentes, ni los que salen a quitar hacienda ajena (todos vicios de estos Indios) poseerán el reino de Dios, añadiendo que éstos fueron los corintios antes de su ablución y de la santificación del sagrado bautismo (el dolor es que tienen éstos vicios innumerables indios después de bautizados) (7). El santo misionero después de la relación de estos graves delitos, finaliza con la máxima política y cristiana: que todo es lícito, pero que todo no conviene ejecutarse.
El remedio de lo dicho es lícito y conforme a la ley de Dios. A Su Majestad le toca el previamente deliberar si será conveniente el aplicarlo. Lo que a nosotros conviene, por nuestra rendida obediencia a Su Majestad y por la especial obligación de nuestro sagrado Orden, es decir, con el Apóstol de los misioneros, San Pablo, en su carta a los Efesios, al capítulo sexto: que estamos, con verdad armados de punta en blanco, vestidos con la malla de la justicia, calzados los pies en la preparación del Evangelio y de su paz; que tenemos ya embrazado el escudo de la fe, para extinguir las flechas ígneas de esos idólatras y apóstatas; que tenemos ya sobre nuestras corazas el yelmo de la Salud, la espada del espíritu, que es la palabra de Dios, pidiéndole en nuestras oraciones y obsecraciones continuamente (8). Que Su Majestad resuelva el expediente de reducir a la fe y a su dominio los indios de éstas montañas y de todos los reinos de esta América: ni para la misión y conquista espiritual de estos indios, infieles a su Dios y rebeldes a su Rey, faltarán en este Nuevo Mundo operarios del venerable clero, que siembren, cultiven y cojan la mies que fructificare el grano del Evangelio, con su apostólica predicación, como de los sacerdotes seculares del mundo antiguo, lo lamentaba el grande pontífice San Gregorio, diciendo: lleno está el mundo de sacerdotes, pero para la mies de Dios raro es el obrero que se halla (9). Irán sin duda a estas conversiones, para que no se digan que las hallaron hechas y se entraron después, a segar lo que otros sembraron, que es lo que Cristo dijo a sus discípulos, por las palabras del margen (10).
Si fue gloria del señor rey don Fernando El Católico descubrirlas casi inmensas y opulentísimas tierras de estos reinos, para engrandecer la monarquía eclesiástica y los dominios de España en las cuatro partes del Orbe, será gloria perfecta de nuestro rey y señor don Fernando, que Dios guarde, finalizar totalmente en su reinado ambas conquistas. Envíenos Su Majestad a estas misiones, si es de su real agrado: iremos como ovejas a ponernos en medio de esos lobos, para convertirlos en corderos, con la gracia de Dios; iremos, siendo Dios servido, con el candor y sinceridad de las palomas; les predicaremos, a esas fieras montaraces, la fe y palabra de Dios, con la prudencia de serpiente, que esto y mucho más tiene prometido Cristo a los misioneros de su santo nombre. Resuelva Su Majestad que se emprendan estas conquistas que, con sus triunfos, quitará de las columnas de Hércules el Non Plus Ultra y, gloriosamente, lo unirá con el Plus Ultra de la América. Y, finalmente, si Su Majestad, por su real arbitrio, determina vayan a esas y otras misiones los redentores mercedarios, protestamos morir en la demanda. Las barras de Aragón, que traemos al pecho, se gravaron con los dedos teñidos en la sangre vertida de valientes héroes; y, con la nuestra, en el escudo real y militar que traemos, pondrá por orla y honorífico blasón este rubicundo y ensangrentado lema: Por la fe y por el rey.
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