viernes, 11 de abril de 2014

Bautismo de niños.


Desde finales del siglo IV, el magisterio (cfr. DS 184) declaró legítimo el bautismo de niños, recibiendo una tradición que remonta por lo menos a Policarpo, a Justino y a su compañero Rústico. Igualmente claro es el testimonio de Ireneo de Lyon, que se refiere al bautismo conferido a los niños para dejar bien sentado que Jesucristo ha salvado a todos por medio de su obra. Y para alcanzar tal fin ha pasado por todas las edades: se hizo niño para los niños, para santificar a los niños 34.
Además de la legitimidad y de la oportunidad, enseña también el magisterio la necesidad del bautismo de los niños, a fin de que no muera ninguno sin este remedio, especialmente aquellos que no pueden ser ayudados de otra manera (cfr. DS 1349). Frente a la doctrina protestante, el concilio de Trento vuelve a confirmar asimismo que el bautismo de niños tiene la eficacia propia del sacramento, por lo que no hay necesidad de ratificarlo de adultos; los niños son bautizados en la fe de la Iglesia y deben ser inscritos entre los creyentes, aunque no crean de manera consciente y actual (cfr. DS 1625-1627).

La cuestión del bautismo de niños depende de la concepción exacta de la necesidad del bautismo, que no es sólo precepto de Cristo, sino también parte esencial de la modalidad salvífica sacramental instaurada por el Señor, que nos concede el perdón de los pecados, incluido el original, y nos configura con su imagen de Crucificado y Resucitado, desde esta vida terrena, a través de unos signos eficaces de gracia. Según está modalidad, es necesario bautizar no sólo a los adultos, conscientes y capaces de obedecer el precepto, sino también a los niños, aunque sean ignaros? San Agustín se detiene e insiste sobre todo en el aspecto de la universalidad y de la necesidad de liberar al hombre del pecado original y de concederle la gracia de Cristo. Por otra parte, pone bien de manifiesto la acción del Espíritu y de la Ecclesia Mater. Entre otras cosas, afirma: «Los niños, en efecto, son presentados al bautismo para recibir la gracia espiritual, no tanto por aquellos que los llevan en brazos, como por toda la sociedad de los santos y de los fieles [...] Esta acción es propia de toda la madre Iglesia, formada por los santos, pues es precisamente ella quien da a luz a todos y a cada uno de los fieles» 35.
Santo Tomás afirma, a su vez, que el bautismo de niños es la celebración del sacramento de la fe. Los recién nacidos no creen por un acto propio, sino por la fe de la Iglesia a la que son asociados. En virtud de esta fe se les confiere la gracia y las virtudes 36. Por consiguiente, los niños son bautizados en la fe de la Iglesia y la reciben también por medio de la acción sacramental.
Además de los motivos expuestos hasta ahora, es preciso tener en cuenta que existe asimismo una prioridad de la iniciativa de Dios, que se expresa, en este caso, en la gratuidad del don del bautismo. El niño es llamado, pues, desde el nacimiento, y antes de cualquier responsabilidad por su parte, a la salvación. Así como ha recibido la vida física, es elegido también para recibir la gracia divina, sea cual sea su respuesta futura. Su vida está inscrita y guiada, desde el principio, por el orden de la creación y por el de la modalidad salvífica sacramental. En segundo lugar, no puede ser considerado más que dentro de una comunidad, tanto desde el punto de vista humano como desde el punto de vista de la vida religiosa. Es miembro de una comunidad, es un ser social. Así, el bautismo del niño, además de expresar la misión y la responsabilidad de los padres cristianos, pone al receptor en las condiciones de gracia en las que podrá descubrir, progresivamente, y compartir con los otros la fe, la esperanza y la caridad. Por último, podemos señalar que la fe y el bautismo están ligados y son interdependientes. Si se otorga la gracia del bautismo, el camino hacia una fe consciente y creativa será realizado con mayor facilidad y se verá favorecido por la gracia recibida.
Por lo que respecta a la libertad en el bautismo de niños, cumple decir que es conservada en substancia y está presente, de manera operativa, con el ejercicio de la libertad de la comunidad, de la cual nunca se puede prescindir. El niño es miembro de esta comunidad con toda su dignidad de ser humano. La libertad queda salvaguardada aún por la vida futura del receptor, cuando ya de una manera personal se adherirá o no a la salvación divina. Mas todo esto ha de ser considerado, si queremos comprenderlo a fondo, no desde la perspectiva de la libertad como autonomía y ausencia de vínculos, sino según la concepción cristiana en que la libertad debe ser referida siempre y guiada por la verdad y por la realidad en la que se apoya toda la existencia humana.
En la actualidad estamos asistiendo a un amplio y vivo debate sobre la libertad en el bautismo de niños, sobre la fe de los padres y de la comunidad cristiana y sobre su relación con el bautismo de los niños recién nacidos, sobre la oportunidad del bautismo generalizado de niños. Las cuestiones pendientes de solución son muchas y es posible que sigan siendo siempre discutidas y que se les dé diferentes respuestas, dado que son muchos los temas doctrinales y pastorales implicados 37.
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1. Cfr. AA.VV., I riti di iniziazione (editado por J. Ries), Milano, 1989, sobre todo pp. 205-237 (edición española: Los ritos de iniciación, EGA, 1994); G. Bardy, La conversione al cristianesimo nei priori secoli, Milano, 19944, (edición española: La conversión al cristianismo durante los prime-ros siglos, DDB, Bilbao y Encuentro, 1990); M. Eliade, La nascita mistica. Riti e simboli d'iniziazione, Brescia, 1974 (edición española: Iniciaciones místicas, Taurus, 1989).
2. A. Houssiau, 1 riti dell'iniziazione cristiana, en: AA.VV., 1 riti di iniziazione, p. 212.
3. Véase a este respecto, Juan Pablo II, Redemptoris missio, 6-11.46-47, donde el pontífice recuerda de manera apremiante la necesidad de dirigir hoy a los no cristianos la llamada a la conversión y al bautismo, siendo éste inseparable de aquélla.
4. Cfr. J. Giblet, Aspects du baptéme dans le Nouveau Testamento, en: AA.VV., Le baptéme, entrée dans l'existence chrétienne, Bruxelles, 1983, pp. 35-71.
5. Cfr. H. Schlier, Il battesimo di Gesú nei vangeli, en: Riflessioni sul Nuovo Testamento, Brescia, 1969. pp. 275-284.
6. H. Schlier, Il battesimo (secoudo il cap. VI dell'epistola ai Romani), en: II tempo della Chiesa, Bologna, 1966, p. 86. Sobre Rm 6, un texto discutido e interpretado de distintos modos, véase además: Idem, La dottrina della Chiesa sul battesinno, ibid., pp. 170-205; Idem, Lettera ai Romani, Brescia, 1982, ad locura; R. Schnackenburg, La vira cristiana. Milano, 1977, pp. 263-294; 365-383; K.H. Schelkle, Teologia del N.T., IV, Bologna, 1980, pp. 131-156 con la bibliografía indicada (edición española: Teología del Nuevo Testamento, Herder, 1972).
7. Son muchas las publicaciones que tratan sobre el bautismo y la iniciación cristiana durante los períodos patrístico y medieval. Entre ellas podemos citar: G. Bareille-J. Bellamy. Baptéme, en: DThC, II.1, Paris, 1923; A. Hamman, Baptéme et confinnation, Paris, 1969 (edición española: El bautismo y la confirmación, Herder, Barcelona, 1982); Idem (ed.), L'iniziazione cristiana. Testi patristici, Casale Monferrato, 1982; B. Neunheuser, Taufe und Finnung, Freiburg. 19822; A. Stenzel, Die Taufe. Eire genetische Erkldrung der Taufliturgie, Innsbruk, 1958.
8. Cfr. Pablo VI, Credo del pueblo de Dios, n. 18: «Creemos en un solo bautismo instituido por nuestro Señor Jesucristo para la remisión de los pecados».
9. Para el pensamiento de los Reformadores, véase el parágrafo a ellos dedicado en el capítulo primero de la primera parte. Con respecto al diálogo ecuménico contemporáneo, cfr. Comisión Internacional Anglicano-Luterana, Rapporto delle conversazioni anglicane-luterane autorizzate dalla Conferenza di Larnbeth e dalla Federazione luterana rnondiale, Pullac (1972); Comisión Internacional para el diálogo entre los Discípulos de Cristo y la Iglesia Católica, Rapporto (1981); Comisión Fe y Constitución del Consejo Ecuménico de las Iglesias, Battesimo, Eucaristia, Ministero, Lima, 1982; Enchiridion Oecurnenicunz, vol. 1, Bologna 1986, pp. 163ss., pp. 529ss., pp. 1391ss.
10. San Agustín, Sermón 176, 2.
11. S. Th. III, 66, 1.
12. J. Betz, Battesimo, en: Dizionario teologico, I, Brescia, 1966, p. 181.
13. Cfr. DS 788; 1529; san Ambrosio, El Espíritu Santo, I, 42; san Agustín, Ep. 98, 9. Este autor afirma que los sacramentos, al tener una relación de semejanza con las realidades sagradas de que son signo, toman el nombre de las mismas realidades sagradas a las que se asemejan. De esta suerte, el bautismo debe ser llamado sacramento de la fe, porque en él es la misma fe la que está presente y es celebrada. De este modo, el bautismo es el sacramento que celebra la fe de la Iglesia y, en ella, el ser una criatura nueva en Jesucristo.
14. D. Barsotti, La vita in Cristo. 1 sacramenti dell'iniziazione, Brescia, 1983, p. 75. Sobre la relación fe-sacramento. véase también C. E. O'Neil, ¡ncontro con Cristo nei sacrmnenti, Assisi, 1968. pp. 70-75.
15. H. Schlier, La lettera al Galati. Brescia, 1966, p. 156, afirma entre otras cosas al comentar el pasaje: «Con lo cual se entienden dos cosas: todos juntos en Cristo son uno solo, el cuerpo de Cristo; y lo son, no obstante, de manera que cada uno, en relación con el otro, es Cristo; por consiguiente, y dicho de modo más claro, que ahora son ya únicamente miembros de Cristo. Lo son, naturalmente, sólo en cuanto bautizados, en cuanto son "en Cristo Jesús". Mas en cuanto tales, lo son, y lo que determina su individualidad natural está extinto, para la totalidad y para el individuo, en la dimensión esencial sacramental del cuerpo de Cristo y de sus miembros. Estos, en efecto, pertenecen a Cristo. v. 29» (p. 180).
16. Para este texto, véase, sobre todo. I. De La Potterie. L'unzione del cristiano con la fede, en: L De La Potterie-S. Lyonnet, La vita secondo lo Spirito, Roma, 1967, pp. 125-199 (edición española: La vida según el Espíritu, Sígueme, Salamanca. 1967).
17. Cfr. I. De La Potterie, Onction, en: DThB, Paris, 1964, cols. 716-720.
18. Cfr. L. Giussani, Perché la Chiesa, tomo 2, 11 segno efficace del divino pella storia, Milano 1992, pp. 88-89.
19. Los términos usados para referirse al sacerdocio del pueblo de Dios son numerosos. Se le denomina sacerdocio común, de los fieles, no jerárquico, espiritual... (cfr. G. Philips, La Chiesa e il suo mistero nel Concilio Vaticano 11, Milano, 1969, pp. 129-139, edición española: La Iglesia y su misterio en el Concilio Vaticano II, Herder, 1968). Nos parece que sería más adecuado llamarlo sacerdocio bautismal, porque de este modo se indica su origen y su naturaleza, De lo expuesto en este parágrafo y en el anterior puede deducirse lo que se pretende significar con tal expresión.
20. Cfr. A.M. Sequeira, The doctrine of Vatican II on Baptisrn in me dogmiatic Constitution «Lumen Gentiun», Roma, 1983.
21. D. Barsotti, o.c., pp. 24, 27.
22. Con esta alusión a la inhabitación del Espíritu Santo en el bautizado nos parece que no se suprime la distinción entre el Espíritu Santo como «gracia increada» y la justificación como «gracia creada», ni que la presencia del Espíritu Santo deba ser considerada como un efecto del bautismo. Lo que pretendemos poner de relieve es el hecho de que en el bautizado inhabita el Espíritu Santo. Este no sólo precede y acompaña al bautismo, sino que pone también su morada en el bautizado: «¿No sabéis que sois templo de Dios y que el Espíritu de Dios habita en vosotros?» (1 Co 3, 16; cfr. 1 Co 6, 19; 2 Co 6, 16).
23. Cfr. I. De La Potterie, o.c., pp. 185ss.
24. Para el significado y las cuestiones conexas con los pasajes citados del Evangelio de Juan, y en particular de Jn 1, 13, véase R. Schnackenburg, 11 vangelo di Giovanni. I. Brescia, 1963, ad locuni (edición española: El evangelio según san Juan, Herder, 1987).
25. Cfr. K.H. Schelkle, Le lettere di Pietro. La lettera di Giuda, Brescia, 1981, ad locura (existe edición española de Cartas de Pedro, Fax, 1974).
26. D. Barsotti, o.c., p. 28.
27. De obitu Valentiniani 53.75; S. Th. III, 68, 2; III, 72, 6.
28. Juan Pablo II, Redemptoris ntissio, 47.
29. Juan Pablo II, Redenaptor hominis, 18.
30. San Cipriano, Ep. 73, 21. Cfr. Cipriano, Opere. Torino, 1980, p. 709.
31. Cfr. S. Th. III, 66, 11, 2.
32. Cfr. S. Th. III, 66, 11.
33. San Ambrosio. De obitu Valentiniani, 51-52.
34. Cfr. Ireneo de Lyon, Adv. Haer. II, 22, 4. Respecto a la Sagrada Escritura no podemos dejar de acoger la conclusión del estudio, verdaderamente interesante, de H. Schlier, La dottrina della Chiesa sul battesinto, en: II ternpo della Chiesa, Bologna, 1966, p. 205. Afirma este autor que el N.T. no conoce, probablemente, el bautismo de niños, pero su concepto de bautismo y de sacramento lo deja vislumbrar como posible y necesario en conexión con la correspondiente concepción de Iglesia. Este estudio es una respuesta, ciertamente satisfactoria, a la publicación, que ha sido ocasión de muchos otros escritos, de K. Barth, Die Kirchlische Lehre von der Taufe, Zürich, 1943. Éste se pronuncia contra el bautismo de los niños.
35. Ep. 98, 5.
36. Cfr. S. Th. III, 68, 9; III, 69, 6. Sobre este problema véase también: Congregación para la doctrina de la fe, Instrucción sobre el bautismo de niños, Ciudad del Vaticano, 1980.
37. Para una primera orientación, cfr. H.U. von Balthasar, La percezione della forma. vol. I de Gloria, Milano, 1971, pp. 542-543 (edición española: Gloria, una estética teológica, 7 vols., Encuentro, Madrid); D. Grasso, Dobbiamo ancora battezzare i bambini? Teologia e pastorale, Assisi, 1972 (edición española: ¿Hay que seguir bautizando a los niños?, Sígueme, 1973); F. Reckinger, Kinder Taufen-mit Bedacht. Eine Darstellung der Diskussion urn die Kindertaufe in Katholishen Rawn seit 1945 mit kritischen Stelhmgnahmen und pastoralen Ausblicken, Steinfeld-Kall, 1982.

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Los sacramentos de la iglesia
Benedetto Testa
Edicep

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