(Etim. Latín beatificatio, el estado de ser bendito; de beatus, feliz.)
La
beatificación es una declaración, hecha por el Papa como cabeza de la
Iglesia, de que un siervo de Dios vivió una vida de santidad (ha
ejercido las virtudes cristianas en grado heroico) y/o tuvo muerte de
mártir y está ahora en el cielo. La beatificación es una sentencia no
definitiva, que tiende a la canonización.
La beatificación permite que se le tribute culto público de veneración
con ciertas limitaciones. La veneración universal está reservada para
los santos canonizados.
Antes de la beatificación hay varios procesos. Primero se examina por años la vida, virtudes, escritos y reputación de santidad del siervo(a) de Dios que está en consideración. Este proceso generalmente es conducido por el obispo del lugar donde el candidato vivió o murió. Para un mártir, en este primer proceso no hay necesidad de considerar los milagros hechos a través de su intercesión.
Antes de la beatificación hay varios procesos. Primero se examina por años la vida, virtudes, escritos y reputación de santidad del siervo(a) de Dios que está en consideración. Este proceso generalmente es conducido por el obispo del lugar donde el candidato vivió o murió. Para un mártir, en este primer proceso no hay necesidad de considerar los milagros hechos a través de su intercesión.
Cuando
el primer proceso revela que el siervo de Dios practicó las virtudes en
un grado heroico o murió como un mártir de la fe, puede comenzar el
segundo proceso, llamado Apostólico, que está a cargo de la Congregación
para la Causa de los Santos (uno de los dicasterios que ayudan al
Papa).
Las personas beatificadas son llamadas "Beatos"
El rito de beatificación según nuevas disposiciones :
Fuente: Observatore Romano, 29 Sept, 2005
«la canonización, que atribuye al beato el culto para toda la Iglesia, será presidida por el Sumo Pontífice». En cambio «la beatificación, que es siempre acto pontificio, será celebrada por un representante del Santo Padre, que habitualmente será el prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos».
El rito de beatificación tendrá lugar en la diócesis que haya promovido la causa del nuevo beato, o en otra localidad que se considere idónea para ello. Podrá tener lugar en Roma a petición de los obispos y de los actores de la causa, contando con el parecer de la Secretaría de Estado del Vaticano.
El rito de beatificación se desarrollará en la Celebración Eucarística, a menos que especiales razones litúrgicas sugieran que éste tenga lugar en el curso de la celebración de la Palabra o de la Liturgia de las Horas.
Fuente: Observatore Romano, 29 Sept, 2005
«la canonización, que atribuye al beato el culto para toda la Iglesia, será presidida por el Sumo Pontífice». En cambio «la beatificación, que es siempre acto pontificio, será celebrada por un representante del Santo Padre, que habitualmente será el prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos».
El rito de beatificación tendrá lugar en la diócesis que haya promovido la causa del nuevo beato, o en otra localidad que se considere idónea para ello. Podrá tener lugar en Roma a petición de los obispos y de los actores de la causa, contando con el parecer de la Secretaría de Estado del Vaticano.
El rito de beatificación se desarrollará en la Celebración Eucarística, a menos que especiales razones litúrgicas sugieran que éste tenga lugar en el curso de la celebración de la Palabra o de la Liturgia de las Horas.
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