DicEc
En 1075 el papa Gregorio VII (1073-1085) elaboró una lista de 27 proposiciones en las que reclamaba un poder casi absoluto para el papa; por ejemplo: «Sólo el Romano Pontífice puede ser en justicia llamado universal» (n 2); «puede deponer a emperadores» (n 12); «puede transferir a obispos, si es necesario, de una sede a otra» (n 13); «ningún sínodo puede llamarse general sin su orden» (n 16); «ningún capítulo o libro puede considerarse canónico sin su autorización» (n 17); «ninguna sentencia suya puede ser revocada por nadie, y sólo él puede revocarla» (n 18); «no puede ser juzgado por nadie» (19); «que a esta Sede se deberán someter los casos más importantes de cada Iglesia» (n 21); «la Iglesia romana nunca se ha equivocado ni jamás en fe de las Escrituras se equivocará» (n 22); «no debería considerarse católico el que no está en conformidad con la Iglesia romana» (n 26); «el papa puede dispensar de los vínculos de lealtad a los súbditos de hombres injustos» (n 27).
Los estudiosos no son unánimes en relación con la función precisa a que iban encaminadas estas afirmaciones. Se han considerado como: una lista de condiciones para el restablecimiento de la comunión con Oriente; un esbozo para un sínodo cuaresmal en Roma (1075); una lista de capítulos para una colección de textos; una enumeración de títulos para los cuales los canonistas debían buscar textos de reconocida autoridad. Aunque no siempre se citaron expresamente las ideas del Dictatus papae reaparecerían continuamente hasta la época de la Reforma y después.
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