miércoles, 18 de noviembre de 2015

Estado confesional.

  1. Estados confesionales:
         Católico      Protestante      Ortodoxo      Islámico      Suní      Chií      Budista
    Un Estado confesional es el que se adhiere a una religión específica, llamada religión oficial (iglesia estatal o iglesia establecida). Esta situación puede ser simplemente resultado de los usos y costumbres o tradición, o reflejarse en su legislación, especialmente en la Constitución del país. El que el Estado reconozca una religión oficial, no significa que otras religiones no se permitan practicar con libertad, bien públicamente o bien restringidas al ámbito privado. Esa situación es la de tolerancia religiosa o intolerancia, respectivamente.
    La situación contraria es la de Estado laico, que practica el laicismo o la separación entre la religión y el Estado.

    Índice

    Historia

    Antes de la Edad Contemporánea, la situación de confesionalidad del Estado era la condición natural de cualquier sistema político. En el Imperio romano, el culto al emperador fue una forma de conciliar el politeísmo incluyente de todo tipo de religiones con la unidad política, y lo que convirtió al cristianismo (de hecho a cualquier monoteísmo que no aceptase el culto imperial) en una religión disolvente y por lo tanto perseguida. El Edicto de Milán de Constantino (que otorgaba una especie de libertad religiosa) y el posterior edicto de Tesalónica de Teodosio convirtieron al cristianismo en la religión oficial del Imperio y establecieron el Papado y la Iglesia como instituciones paralelas al propio Estado. La desaparición del Imperio romano de Occidente abrió la Edad Media, que supuso una separación de hecho del cristianismo occidental (católico) y oriental (ortodoxo), que se hizo oficial con el Cisma de Oriente (1054). Mientras en el Imperio bizantino la figura del emperador se impone sobre la Iglesia (cesaropapismo, iconoclasia), en la Europa Occidental el dominium mundi es más disputado por la teocracia (agustinismo político, teoría de las dos espadas, querella de las investiduras).
    Las monarquías del Antiguo Régimen supusieron un control sobre sus iglesias católicas nacionales, mientras que la Reforma luterana establece iglesias nacionales en los países del norte de Europa. El principio de la cuius regio eius religio (propuesto en la Dieta de Augsburgo que discutía la Confesión de Augsburgo, y definitivamente impuesto en la Paz de Augsburgo) impone que la religión del reino será la religión del rey. Se impondrá en una era de guerras de religión que acabará con el tratado de Westfalia. Entre los escasos lugares de Europa que mantienen la tolerancia religiosa (aunque se mantengan como Estados confesionales) se destacan los Países Bajos y la República de Venecia, y parcialmente el Imperio otomano.
    El primer Estado que proclamó su indiferencia a los asuntos religiosos fue Estados Unidos, influido por la ideología de la Ilustración francesa. La Revolución francesa, que en algún momento intentó instaurar un culto descristianizado a la diosa Razón, fue reconducida por Napoleón a un Concordato con el papa (rey de Roma y cabeza de la Iglesia católica). No sería hasta la III República Francesa que Francia, la fille aînée de l’Église (‘hija mayor de la Iglesia’) y sede de los Reyes Cristianísimos, incorporase a sus señas de identidad el laicismo y la separación Iglesia-Estado.
    Algunos países europeos mantienen en la actualidad vínculos especiales con su religión tradicional, especialmente Inglaterra ―cuya reina sigue siendo la cabeza de la Iglesia de Inglaterra― y ostenta el título de Defensor Fidei (defensor de la fe) que logró Enrique VIII.
    Los países musulmanes, donde la identificación de la comunidad política y religiosa (Umma) es muy fuerte, sufrieron procesos de algún modo similares: en el caso de Turquía, la conversión en una república laica con Mustafa Kemal Atatürk, y en Siria, Irak o Egipto con la ideología árabe-socialista del movimiento Baaz o figuras como Nasser. El caso de Irán bajo el sah Reza Pahlavi es algo distinto y precipitó el resurgimiento del fundamentalismo islámico (República islámica del ayatolá Jomeini), que desde los años ochenta se está imponiendo con distintas variantes (salafismo sunní de las monarquías árabes), aunque siempre en el sentido de conseguir una vida pública sometida a las normas religiosas (sharia o código judicial islámico).
    En los países asiáticos no islámicos, las situaciones son tan distintas como sus sistemas políticos: Estados oficialmente ateos como China, situaciones como Japón, cuya familia imperial sigue manteniendo funciones religiosas, o India, cuya independencia se hizo en un ambiente de luchas religioso-étnicas entre musulmanes e hinduistas que forzaron la separación de Pakistán y Bangladés (que el Partido del Congreso de Gandhi, Nehru e Indira Gandhi quisieron evitar). En la actualidad hay un fuerte movimiento que propugna la hinduización del Estado indio.

    Casos

    Religión de Estado cristiana

    Bandera de Inglaterra Inglaterra

    En Inglaterra la religión oficial es el cristianismo anglicano institucionalizado por la Iglesia de Inglaterra, debido a que la reina de Inglaterra es a su vez jefa suprema de la iglesia. La consideración del anglicanismo como religión oficial no se aplica al resto de los territorios pertenecientes al Reino Unido.

    Bandera de Dinamarca Dinamarca

    La Iglesia Evangélica Luterana de Dinamarca es la iglesia estatal de Dinamarca. El parlamento danés es la autoridad legislativa de la iglesia, aunque sus miembros son libres de practicar. El Ministro de Asuntos Eclesiásticos, actualmente Birthe Rønn Hornbech, es la máxima autoridad administrativa, mientras que la Reina Margarita es la cabeza de la Iglesia Danesa.1

    Bandera de Islandia Islandia

    A mediados del siglo XVI, Cristián III de Dinamarca comenzó a imponer el luteranismo a todos sus súbditos. El último obispo católico del país (antes de 1968), Jón Arason, fue decapitado en 1550 junto con dos de sus hijos. Posteriormente, el país se convirtió totalmente al luteranismo, que desde entonces es la confesión dominante.

    Bandera de Grecia Grecia

    En Grecia la religión oficial es el cristianismo ortodoxo griego representado por la Iglesia Ortodoxa Helénica, el cual solo es mayoritario en este país.

    Bandera de Costa Rica Costa Rica

    La Constitución de Costa Rica establece:
    La Religión católica apostólica romana es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento, sin impedir el libre ejercicio en la República de otros cultos que no se opongan a la moral universal ni a las buenas costumbres.
    Artículo 75 de la Constitución nacional2
    En la actualidad está vigente una ley que permite donaciones de empresas a la Iglesia para la reparación y mantenimiento de templos, pero algunos sectores de la sociedad costarricense abogan por la abolición del Estado confesional, argumentando que Costa Rica es un país occidental en desarrollo, por lo que consideran que si esta nación mantuviera una confesionalidad religiosa, sería contradictorio con la pluralidad de creencias.
    El principal argumento de los críticos es que, según una encuesta de la Universidad de Costa Rica, el número de católicos no practicantes creció del 13% en 1988 al 27% en 20063 y la cantidad de personas que se declaran sin religión subió al 9% en 2006 en relación al 3% de 1988, lo que, afirman, demuestra un cambio en las creencias de una nación tradicionalmente católica en la que menos de la mitad de sus ciudadanos practican hoy ese credo religioso. El Movimiento laico de Costa Rica promueve a que el país se convierta en un Estado laico, ya que hubo debates entre diputados y ministros para modificar el artículo 75 ―tal como ha ocurrido en otros países latinoamericanos― y que contó con el apoyo de los presidentes Óscar Arias Sánchez y Laura Chinchilla Miranda, quien estuvo a favor del laicismo. Sin embargo, hay grupos ―como la Conferencia Episcopal de Costa Rica y diputados católicos― que se oponen a la modificación de dicho artículo.
    Según una encuesta de 2013 el 47 % de la población preferiría vivir en un Estado laico, mientras que quienes defienden el Estado confesional han disminuido, pasando del 27 % (octubre 2011) a un 23 %.4

    Bandera de Malta Malta

    El catolicismo es la religión oficial en Malta debido a su vinculación con la tradicional Orden de Malta, la cual protegió la isla del ataque de los otomanos.

    Flag of Monaco.svg Mónaco

    El Principado de Mónaco es oficialmente católico apostólico romano, según lo establece su constitución.[cita requerida]

    Estados islámicos

    Países con mayoría musulmana y separación iglesia-estado:
         Estados islámicos      El islam es la religión del estado      Estados seculares      Otros países
    El término Estado islámico se refiere a los Estados que han adoptado el islam, específicamente la Sharia (ley musulmana), como la fundamentación ideológica para sus instituciones políticas. Los ejemplos incluyen:

    Flag of Mauritania.svg Mauritania

    Bandera de Afganistán Afganistán

    Bandera de Pakistán Pakistán

    Flag of Yemen.svg Yemen

    Flag of Oman.svg Omán

    Bandera de Marruecos Reino de Marruecos

    Aunque oficialmente Marruecos se define como una monarquía constitucional y se han producido significativos avances hacia una mayor separación de poderes, con la reciente aprobación de una reforma constitucional, el rey de Marruecos sigue concentrando atributos políticos y religiosos, siendo el máximo líder espiritual del país, mientras que el Estado se define como islámico.5

    Teocracias

    Una teocracia ―‘gobierno divino’, del griego θεοσ (theos, /zeós/, ‘Zeus, dios’), y κράτοσ (krátos, ‘gobierno’)― es una forma de gobierno en la que los jefes gubernamentales coinciden con los líderes de la religión dominante, y las políticas de gobierno son idénticas o están muy influidas por los principios de la religión dominante. Normalmente el gobierno afirma gobernar «en nombre de Dios o de una fuerza superior», tal como especifica la religión local.
    El Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española define la teocracia como el ‘gobierno ejercido directamente por Dios’, y en una segunda acepción, como una ‘sociedad en que la autoridad política, considerada emanada de Dios, se ejerce por sus ministros’.
    La utilización más antigua registrada del término “teocracia” se encuentra en Josefo, quien aparentemente la acuña al explicar a los lectores gentiles la organización de la comunidad judía de su época. Al contraponer ésta con otras formas de gobierno ―monarquías, oligarquías y repúblicas― añade:
    Nuestro legislador Moisés no tuvo en cuenta ninguna de estas formas, sino que ordenó nuestro gobierno a lo que, con expresión forzada, podría llamarse una teocracia, al atribuir el poder y la autoridad a Dios, y persuadir a todo el pueblo de que lo tuviera en cuenta como autor de todas las cosas buenas.|Flavio Josefo (Contra Apión, libro 2, 16).
    Ejemplos de teocracias actuales son las siguientes:

    Flag of the Vatican City.svg Ciudad del Vaticano

    El gobierno de la Ciudad del Vaticano, el cual es ejercido por el papa directamente,6 7 8 siendo este gobernante político del Estado vaticano y, a la vez, máximo jerarca religioso de la Iglesia Católica.

    Bandera de Irán Irán

    En Irán, se estableció tras la Revolución islámica una república islámica con una constitución de corte islámico y unos órganos de gobierno que deben velar por el cumplimiento de principios religiosos, aunque tanto el consejo de ministros junto con su presidencia como la representación en la Asamblea Consultiva Islámica, la gestión de los consejos municipales y el organismo encargado de supervisar la acción del jefe del estado, corren a cargo de cargos electos por sufragio universal. Un Consejo de Guardianes compuesto por seis alfaquíes designados por el Líder Supremo y seis juristas nominados por el poder judicial y sometidos a la aprobación de la asamblea aprueba o veta las candidaturas que optan a cualquier puesto de elección popular. El elemento islámico del ordenamiento jurídico iraní se inspira en el libro del ayatolá Jomeini Velayat-e faqih (en persa, «tutela de los alfaquíes»), publicado en 1970, y probablemente el más influyente documento escrito en los tiempos modernos en favor de la teocracia.

    Bandera de Arabia Saudita Arabia Saudí

    En Arabia Saudí, la monarquía se declara como defensora del islamismo, con el Corán como constitución y la Sharia (ley islámica) como ley.

    Casos ambiguos

    Bandera de España España

    Concretamente en España, la religión oficial había sido el catolicismo desde la conversión de Recaredo (año 589), el Islam en Al-Ándalus (siglos VIII al XV, con decreciente extensión territorial) y de nuevo el catolicismo tras la Reconquista. Durante ese periodo, aún siendo la religión un motivo de discriminación legal y división y enfrentamientos sociales (aparte de los militares), existía tolerancia religiosa en mayor o menor grado. Con el reinado de los Reyes Católicos y sus sucesores los Habsburgo en lo que se denominaba la Monarquía católica, comenzó un periodo de búsqueda del «máximo religioso» que supuso la expulsión de los judíos de España (1492), la expulsión de los moriscos (1609) y la persecución de los protestantes. La estrecha identificación de la Iglesia con la Monarquía explica el papel de instituciones como la Inquisición, el patronato regio o las Bulas Alejandrinas que justificaron la conquista y colonización de América. España se destacó por su «defensa de la fe católica» en los campos de batalla de las guerras religiosas del siglo XVI y en la política exterior. La intervención de teólogos españoles en el Concilio de Trento para la adopción de una postura intransigente fue tan notable que se originó el mote «luz de Trento, martillo de herejes».
    Aun así, eso no limitaba la existencia de fortísimos conflictos, como el que suscitaba el fuero eclesiástico y los intentos de control por parte del Estado (regalismo). Algunos conflictos notables fueron el del arzobispo Bartolomé Carranza o, durante el ilustrado reinado de Carlos III, la Expulsión de la Compañía de Jesús (1767) o el proceso de Olavide.
    La constitución de Cádiz de 1812 proclamaba que la religión no solo del Estado, sino de la Nación misma «es y será siempre la católica, apostólica y romana, única verdadera». La tolerancia religiosa que acompañó al Régimen Liberal permitió el comienzo de la actividad de propagandistas protestantes como George Borrow. Simultáneamente se hizo cada vez más evidente un proceso de descristianización, fortalecida por el apoyo del clero al bando absolutista durante la Guerra Carlista, y que explica la quema de conventos de 1835.9
    El poder económico del clero se redujo con la desamortización. Las relaciones oficiales con la Iglesia se recuperaron con el concordato, por el que el Vaticano obligaba al Estado a mantener económicamente a los eclesiásticos con fondos públicos. La camarilla de Isabel II fue llamada «la corte de los milagros» (Sor Patrocinio, llamada la «monja de las llagas», y el padre Antonio María Claret, dieron origen a una novela de Valle Inclán). La alternancia de progresistas y moderados iba dando el pulso de una mayor o menor aproximación a la Iglesia, siendo el momento más alejado el Sexenio Revolucionario (1868-1874), y el más próximo la Restauración borbónica, en que se expulsó de la universidad a los que no se ajustaran a la ortodoxia religiosa (por ejemplo, a Francisco Giner de los Ríos, que se vio forzado a fundar la Institución Libre de Enseñanza). El crecimiento de las comunidades religiosas fue visto con tanto recelo por los liberales dinásticos que se llegó a promulgar la ley del candado, que lo limitaba.
    En la Segunda República se instauró un Estado laico (prohibiendo, por ejemplo, a los religiosos ejercer la enseñanza y expulsando a los jesuitas). Después de la Guerra Civil, bajo la dictadura de Franco el Estado volvió a ser confesional, identificándose con el término nacionalcatolicismo.
    Tras la proclamación de la Constitución Española en 1978, España es formalmente un Estado aconfesional, manteniendo relaciones con los distintos credos.
    Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones.
    Constitución Española, art. 16, 3
    No obstante, ese mismo año el Estado Español y el Estado Vaticano firmaron el Concordato de 1978, en que el Estado se comprometía a subvencionar al clero. En 2006 se llegó al acuerdo de destinar el 0,7% de los ingresos del IRPF). También le daba al clero una posición privilegiada en la enseñanza (obligación de los centros de ofertar la clase de religión católica, voluntaria para los alumnos, y financiación pública para la enseñanza concertada, en su mayor parte bajo el control de distintas organizaciones católicas).
    En la actualidad se considera que la posibilidad de elección de centro educativo por los padres, forma parte de la carta de derechos de los ciudadanos, sin exclusiones ni discriminación por motivo de la orientación, religiosa o no, del centro elegido, por lo que en todo caso quedará a la decisión de los padres. Por tanto se considera que el Estado debe velar por asegurar ese derecho.

    Bandera de Argentina Argentina

    La Constitución de 1853 estipula en su Art 2.º que el Estado debe sostener a la Iglesia. Según la Corte Suprema, no le asigna el status de religión oficial del país,10
    Artículo 2.º: el Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano.
    El preámbulo indica «invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia»11
    Desde 1991, en los censos no se pregunta sobre afiliación religiosa por ser considerado una invasión a la vida íntima. Según datos del Conicet, del año 2008 el 76,5% de la población argentina se autodefine como católica.12

    Bandera de Israel Israel

    Debido a que Israel fue fundado por el movimiento sionista como un Estado judío, y el judaísmo puede ser considerado tanto una religión como una nacionalidad, Israel puede tener la apariencia de los principios rectores de su gobierno teocrático o confesional:
    Al difuminarse la distinción entre nacionalidad y religión, los israelíes se encuentran con frecuencia residiendo en un Estado teocrático, y en muchos aspectos parece que Israel encaja en el molde de un Estado sagrado.
    De hecho, el escritor israelí Gideon Levy en Haaretz opina que el país es una "semiteocracia", agregando que "Entre Estocolmo y Teherán, el Israel de 2009, con sus muchas atribuciones religiosas, está más cerca de Teherán", para concluir que "Vamos a admitir que vivimos en un país con muchos atributos religiosos y halájicos. Debemos quitarnos el disfraz laicista con el que nos hemos envuelto".14
    Otros señalan que, aunque los ciudadanos israelíes tienen diversas religiones, el país solo garantiza ciudadanía inmediata para los que practican el judaísmo.
    En Israel no existe el matrimonio civil dentro del territorio y el único martimonio reconocido es el religioso, siendo reconocido el de algunas religiones. En julio de 2011 la Kneset rechazó una propuesta para legalizar el matrimonio civil por 40 votos en contra y 17 a favor.15
    Otros, en cambio, argumentan que no por tener algunas regulaciones en lo religioso hacen de Israel un Estado teocrático o confesional. Emanuel Gutman sostiene que:
    Los órganos del Gobierno y el Estado de Israel no derivan su autoridad legal de la religión o la iglesia, ni su legitimación de cualquier fuente divina. No puede afirmarse con alguna apariencia de realismo que el Estado y la Religión son socios iguales en el gobierno del Estado. De hecho, todas las facultades legales de las instituciones religiosas y los órganos son en última instancia que les atribuya por el Estado.
    En 2014 el ministro de justicia Yaakov Neeman, coemntó que se estaba estudiando aplicar la ley de la Torá como doctrina jurídica, donde Israel debería ser gobernado bajo la ley de la religión judía, la Halahá. También se declaró obligatoria la observancia de la kashrut (las leyes judaicas de alimentación) en todas las instituciones públicas y a todos los funcionarios, incluso se lo declaró obligatorio en escuelas públicas para niños de otras religiones.16

    Bandera de Panamá Panamá

    El artículo 35 de su Constitución declara: «Es libre la profesión de todas las religiones, así como el ejercicio de todos los cultos, sin otra limitación que el respeto a la moral cristiana y el orden público. Se reconoce que la religión católica es la de la mayoría de los panameños». Si bien reconoce a la religión católica como mayoritaria entre los panameños, no le da un estatus oficial.17

    Flag of Bhutan.svgReino de Bután

    El artículo 3 de la Constitución, referido al Patrimonio espiritual, establece que los principios de Bután son los principios budistas de: el valor de la paz, la no-violencia, la compasión y la tolerancia. Sin bien no establece al budismo como religión de Estado.18

    Bandera de las ComorasComoras

    La actual Constitución de las Comoras ha sido aprobada por referéndum 23 de diciembre 2001 cambió el modelo de la República Federal Islámica de las Comoras por el de la Unión de las Comoras.19 Si bien la nueva Constitución quito al Islam como religión oficial los Presidentes deberán prestar juramento ante el Tribunal Constitucional por la fórmula: Juro por Alá, el Compasivo y Misericordioso de cumplir fiel y honestamente los deberes de mi cargo, para actuar sólo en el interés público y en el respeto a la Constitución. Al mismo tiempo sus sistema jurídico está basado en la Sharia (ley Islámica), el derecho continental (legado de la colonización francesa) y el consuetudinario.20

    Lista por continente

    Listado completo de Estados oficialmente confesionales.

    África

    • Bandera de Argelia Argelia, artículo 2 de la Constitución de 1990.21
    • Bandera de Egipto Egipto, La Constitución egipcia declara en su artículo 2 que «el islam es la religión del Estado y el árabe su lengua oficia 22
    • Flag of Libya.svg Libia
    • Flag of Mauritania.svg Mauritania
    • Bandera de Marruecos MarruecosLa Constitución marroquí, por ejemplo, proclama en su artículo 6 que «el islam es la religión del Estado23
    • Bandera de Túnez Túnez, establecida en la Constitución aprobada de 201424
    • Bandera de Somalia Somalia, establecida en la Constitución adoptada en 201225

    América

    Asia

    Europa

    Véase también

    Referencias


  2. http://www.religion.dk/artikel/304642:Undervisning--Hvad-mener-partierne-om-kirke-stat-forholdet?page=1

  3. http://www.constitution.org/cons/costaric.htm

  4. En 18 años, la cantidad de católicos que dejaron de practicar su religión aumentó un 108%, y la cantidad de personas irreligiosas aumentó un 200%, según un artículo en el diario La Nación (San José de Costa Rica) del 20 de mayo de 2007.

  5. http://www.larepublica.pe/31-03-2013/costa-rica-el-47-de-los-ciudadanos-piden-ser-un-estado-laico

  6. http://www.elmundo.es/elmundo/2011/06/17/internacional/1308341227.html

  7. Artículo 26 del Tratado de Letrán (en italiano) en el sitio Peduto.

  8. Organigrama gubernamental del Vaticano.

  9. Código de Derecho Canónico (libro 2, parte 2, sección 1, capítulo 1).

  10. William J. Callahan: Iglesia, poder y sociedad en España 1750-1874. Madrid: Nerea. ISBN 84-86763-12-6

  11. Fallos 312: 122 (de Villacampa, Ignacio c/ Almos de Villacampa, María Angélica).

  12. «Constitución nacional», en el sitio web del Senado argentino.

  13. http://edant.clarin.com/diario/2008/08/27/um/encuesta1.pdf

  14. «Israel & theocracy» artículo en inglés, en el sitio web Jewish Virtual Library, sin fecha.

  15. Gideon Levy: En los hechos Israel es una semiteocracia, en Haaretz (en inglés)

  16. El Parlamento israelí rechaza el matrimonio civil. La Kneset rechazó la propuesta por 40 votos en contra y 17 a favor. Cientos de israelíes acuden cada año a Chipre para casarse por lo civil, 28/7/2011, en Público (España)

  17. http://www.haaretz.com/print-edition/opinion/gideon-levy-let-s-face-the-facts-israel-is-a-semi-theocracy-1.2438

  18. Constitución de Panamá.

  19. http://www.constitution.bt/html/constitution/constitution.htm

  20. http://www.wipo.int/wipolex/es/details.jsp?id=8667

  21. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=208361#LinkTarget_122

  22. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=333334

  23. http://www.bbc.com/mundo/noticias/2014/01/140118_egipto_referendo_resultados_mz

  24. http://www.nuevarevista.net/articulos/el-islam-como-ley-fundamental

  25. http://internacional.elpais.com/internacional/2014/01/24/actualidad/1390559019_492853.html

  26. http://www.informador.com.mx/internacional/2012/394333/6/onu-felicita-a-somalia-por-aprobar-nueva-constitucion.htm

  27. http://www.constitution.org/cons/costaric.htm

  28. República Dominicana.

  29. http://vaticaninsider.lastampa.it/es/en-el-mundo/dettagliospain/articolo/bangladesh-laicita-dello-stato-liberta-religiosa-bangladesh-estado-laico-minorias-religiosas/

  30. http://www.cambodia.org/facts/?government=The+Constitution+of+Cambodia

  31. Capítulo 1, Artículo 2 de la constitución de 2005

  32. http://irna.ir/es/iran86/index.htm

  33. http://www.state.gov/j/drl/rls/irf/2006/71424.htm

  34. http://www.wipo.int/wipolex/es/text.jsp?file_id=181003

  35. http://www.guiadelmundo.org.uy/cd/countries/pak/History.html

  36. http://www.lr21.com.uy/mundo/143994-qatar-decide-transformarse-en-una-monarquia-constitucional

  37. http://www.servat.unibe.ch/icl/da00000_.html

  38. http://www.vigoalminuto.com/2012/10/22/islandia-reforma-su-constitucion-si-a-las-listas-abiertas-o-la-nacionalizacion-de-los-recursos/

  39. http://www.servat.unibe.ch/icl/mt00000_.html

  40. http://www.gouv.mc/devwww/wwwnew.nsf/1909$/036c62fe5f92f2efc1256f5b0054fa42gb?OpenDocument&3Gb

  41. http://www.todoatlas.com/san-marino.html

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