I.
Magisterio, autoridad e Iglesia:
1. Antes del concilio Vaticano II;
2. Después del concilio Vaticano II.
1. Antes del concilio Vaticano II;
2. Después del concilio Vaticano II.
II.
Función del magisterio y de la autoridad en la Iglesia:
1. Función doctrinal;
2. Función pastoral.
1. Función doctrinal;
2. Función pastoral.
III.
Aportación de la fe cristiana a la recomprensión de las funciones del
magisterio y de la autoridad:
1. A nivel eclesial;
2. En la sociedad civil.
1. A nivel eclesial;
2. En la sociedad civil.
La
cuestión de las relaciones entre magisterio, teología y comunidad cristiana
nace de una serie de equívocos y problemas no resueltos. Aquí analizaremos
algunos, sobre todo de orden teórico, con el fin de ayudar a superar posibles
malentendidos y a comprender de forma nueva y más articulada la función del
magisterio y de la autoridad eclesiales a la luz de la revelación cristiana y
de la actual situación socio-cultural. Nos fijaremos sucesivamente en: 1) el
magisterio y la autoridad eclesiales como han sido interpretados antes y
después del concilio Vat. II; 2) su función doctrinal y pastoral, con
particular referencia a la teología moral; 3) la contribución de la fe
cristiana a una recomprensión de la función del magisterio y de la autoridad
en la Iglesia y en la sociedad.
1.
Magisterio, autoridad e Iglesia
1.
ANTES DEL CONCILIO VATICANO II. El problema de la relación entre magisterio,
autoridad e Iglesia encuentra en los manuales de la época un cuadro teórico
que vale la pena analizar. Ese cuadro, en efecto, suministra una legitimación
al formalismo jurídico violenta, y a veces superficialmente, criticado en
tiempos del Vat. II.
La
teología desarrollada en la Iglesia católica a partir del concilio de Trento
se caracterizaba, en el tratamiento de los temas del magisterio y autoridad
eclesiales, por una visión jurídico-formal demasiado poco atenta a la
dinámica participativa y pastoral y demasiado poco rigurosa a la hora de
definir el ámbito de competencia de las intervenciones del magisterio y de la
autoridad.
a)
Visión jurídico formal de la Iglesia. Si analizamos la teología del
magisterio y de la autoridad eclesiales como la proponen los manuales de la
teología preconciliar, se constata que gira en torno a una concepción
predominantemente jurídico-formal de Iglesia como "societas perfecta
inaequalis", de derivación gregoriana y tridentina. Se trata de una
concepción que ha contribuido no poco a salvaguardar la libertad y la
autonomía espiritual de la Iglesia misma contra el absolutismo de los reyes y
las pretensiones totalitarias de las ideologías modernas. Se debe, sin embargo,
añadir que muchas veces esa libertad y esa autonomía se han pagado al precio
de un formalismo jurídico que ha llevado a la teología a
concebir el magisterio y la autoridad según esquemas más apropiados para
evocar el ejercicio de un poder jurídico que para favorecer la participación y
la práctica de un servicio a la evangelización.
b)
Falta de delimitación del ámbito de competencia del magisterio y de la
autoridad. En la doctrina sobre el magisterio y la autoridad contenida en
los manuales tradicionales se adivina una falta de rigor en la delimitación del
ámbito de competencia del papa y de los obispos en cuestiones de carácter
social, político y cultural.
Los
criterios y las argumentaciones aducidos por esa teología en favor del
magisterio y de la autoridad no estaban carentes de lógica. Se trataba, sin
embargo, de una lógica predominantemente formal, que seguía padeciendo de la
contraposición racionalista entre natural y sobrenatural; contraposición que,
una vez aceptada, comportaba la dificultad de establecer una relación correcta
entre verdades reveladas y ley natural sobre el fondo del designio salvador
único de Dios.
Por
una parte, se reivindica la competencia del magisterio y de la autoridad incluso
sobre verdades de orden natural relacionadas con la revelación cristiana. Por
otra, no se clarifica bien el confín de esa competencia, llegando en la
práctica a reivindicar un derecho de intervención del magisterio en cualquier
cuestión de carácter histórico.
La
argumentación a la que se recurre con más frecuencia para fundamentar el
derecho-deber de intervención del magisterio y autoridad eclesiales en
cuestiones relativas a la sociedad, la política y la cultura es una
argumentación de derecho público eclesiástico: una autoridad que fuese
incompetente para delimitar los confines de la propia competencia sería
nula o no soberana. Después se apela de manera positivista a la capacidad que
tiene la Iglesia de definir, en su magisterio, el área de la propia
competencia. Ahora bien, se dice, ella ha sostenido ser también competente en
sectores de por sí ajenos, pero relacionados con la revelación. Luego esta
competencia existe.
Muchos
teólogos, sobre todo después del concilio Vat.11, han reaccionado de manera
radical ante esta argumentación, rechazando a veces, por reacción, cualquier
competencia del magisterio y de la autoridad en el ámbito social, político y
cultural.
2.
DESPUÉS DEL CONCILIO VATICANO II. El problema del magisterio y de la autoridad
se ha tratado, por consiguiente, de forma nueva, menos jurídica y más
inspirada en el sentido de la participación eclesial y del servicio pastoral.
Se impone, con todo, señalar enseguida algunas limitaciones de esta nueva
posición teológica.
La
teología que se ha impuesto después del Vat. II (pero que hunde sus raíces en
los grandes movimientos de renovación bíblica, litúrgica y dogmática que le
precedieron) no ha escapado siempre al riesgo de un cierto idealismo, rico
ciertamente en estímulos y denuncias, pero a veces poco atento al análisis de
la situación, de sus contradicciones y conflictos, además de a la necesidad de
superarlos, de manera racional y progresiva, incluso dentro de la comunidad
cristiana.
a)
Visión histórico-ideal de la Iglesia. No es fácil captar, sin
simplificar en exceso, la doctrina sobre el magisterio y la autoridad eclesiales
tal y como ha sido delineada y presentada por la teología conciliar. Puede
afirmarse, con todo, que se trata de una doctrina de derivación bíblica y
litúrgica y que se sustenta predominantemente
en los nuevos conceptos de Iglesia: una Iglesia a la escucha de la palabra, que
se hace pueblo de Dios en camino y comunidad misionera. Conceptos éstos que han
hecho posible no sólo redefinir mejor la competencia del magisterio,
sustrayéndolo al riesgo de extrapolaciones indebidas, sino también redescubrir
la función profundamente pastoral, y no sólo doctrinal, del magisterio mismo.
Esta
nueva visión del magisterio y de la autoridad ha sido, con todo, interpretada a
veces en términos demasiado ideales y siempre siguiendo esquemas más
apropiados para recuperar identidades perdidas o para dar apoyo al testimonio y
al impulso espiritual que para favorecer la participación, la colegialidad, el
crecimiento de todo el pueblo de Dios en el fatigoso y a veces contradictorio
proceso de búsqueda del bien moral. Proceso que, como se ha afirmado
oportunamente, implica siempre la posibilidad de conocer y poner en práctica
los principios fundamentales de la vida moral, a pesar de que el debilitamiento
ocasionado por el pecado haga moralmente necesaria la revelación para poder
conocer las cosas divinas, que incluyen la ley natural, que es divina.
Recientemente
se ha acentuado tanto este debilitamiento de la voluntad humana ocasionada por
el pecado, que ha quedado oscurecida la posibilidad que tiene el hombre de
conocer los principios fundamentales de la vida moral sin la ayuda de la
revelación divina. Ha surgido, consiguientemente, el problema de cómo entender
la ayuda y aportación específicas de la revelación cristiana a la vida y
conocimiento morales. Problema éste que tiene también consecuencias
importantes para la interpretación y la delimitación del ámbito de
competencia del magisterio y de la autoridad en las cuestiones de la vida
social, política y cultural.
b)
Delimitación del ámbito de competencia del magisterio y de la autoridad. Según
que se interprete la revelación cristiana como salvación (horizonte último de
la moralidad) o como código (conjunto de valores y normas cristianas), se
interpretará también de manera diferente el ámbito de competencia del
magisterio y de la autoridad.
La
doctrina, en efecto, sobre el magisterio y sobre la autoridad que se adivina en
los textos de la teología posconciliar revela características nuevas, en
consonancia con los nuevos presupuestos eclesiológicos e histórico-salvíficos
del Vat. II. Ello no quita que esa doctrina se siga resintiendo, al menos en
algunos textos, de un cierto formalismo, caracterizado por la reivindicación
para el magisterio de una especie de exclusiva en la interpretación de los
principios que fundamentan el sentido de la vida humana.
Que
resulte de hecho difícil percibir, por parte de todos, con certeza y sin error,
determinados principios morales sin la ayuda de la revelación cristiana,
es admisible. No se ve, sin embargo, cómo de esta constatación se pueda
deducir la imposibilidad siempre y para todos de asir estos principios
morales sin la ayuda de la revelación.
Con
esto no se quiere someter a discusión la competencia del papa y de los obispos,
como guardianes fieles de la revelación cristiana, a intervenir, y en
determinadas condiciones de manera incluso infalible, en las cuestiones
relativas a (la fe y) la moral. La cuestión, sin embargo, es, en concreto, más
compleja: de fondo está el problema de la relación entre fe y moral, tal y
como emerge en el debate entre partidarios de la ética de la fe y defensores de
la moral autónoma [l Autonomía y teonomía; l Especificidad (de la moral
cristiana)]; en este debate existen diversas interpretaciones acerca de la
función y aportación específicas del magisterio y de la autoridad del papa y
de los obispos a la explicación y transmisión (de la fe, pero también) de la
moral.
II.
Función del magisterio y de la autoridad en
la Iglesia
Las
opiniones de los teólogos al respecto van desde la reivindicación de una
función y, consiguientemente, de una competencia específica del magisterio y
de la autoridad del papa y de los obispos a nivel ético-normativo, hasta la
negación radical de esa competencia.
1.
FUNCIÓN DOCTRINAL. Según los partidarios de la ética de la fe, la función
del magisterio y de la autoridad del papa y de los obispos hay que interpretarla
ante todo como oficio o servicio eclesial tendente a ayudar al pueblo de Dios a
conocer las normas morales a la luz de la revelación cristiana. Se trataría
por consiguiente, de una función doctrinal (no exclusivamente pastoral),
que el papa y los obispos estarían llamados a desempeñar en orden a la
individuación de lo que constituiría el verdadero bien de la persona: de toda
la persona y de todas las personas.
a)
Relevancia del magisterio y de la autoridad a nivel ético-normativo. Nos
hallamos ante la afirmación de la relevancia del magisterio y de la autoridad
no sólo a nivel de motivación, de l parénesis, sino también a nivel J
ético-normativo, de fundamentación del juicio moral. Se afirma, en efecto,
que, al menos en determinados casos, no sería posible llegar a la
individuación de lo que es verdaderamente bueno o malo sin la
aportación específica del magisterio.
Quien
se reconozca en esta posición tiene, obviamente, que suponer que la fe
cristiana pueda dar a la moral una aportación específica incluso en sentido
"material", de contenidos. Y tiene que estar igualmente convencido, en
términos más generales, de que la enseñanza de las normas morales deba
obligar en razón de la autoridad propia del magisterio que lo imparta. Es
tarea, en efecto, del magisterio transmitir la verdad de Cristo; esta verdad
exige por su naturaleza el ser hecha, realizada. Pero la realización de esta
verdad exige también el conocimiento y la observancia de las exigencias éticas
del hombre; de las normas morales precisamente. Por consiguiente, la
transmisión que el magisterio hace de la verdad de Cristo sería
sustancialmente insuficiente si no incluyera esta enseñanza moral. Esta
enseñanza, por tanto, viene exigida por la misión misma recibida de Cristo:
obliga en razón de la autoridad propia del magisterio.
b)
¿Existe una competencia específica del magisterio y de la autoridad del
papa y de los obispos en el ámbito social, político y cultural? Admitida
esta competencia, surge inmediatamente el problema: ¿En nombre de qué
principios y con qué autoridad pueden el papa y los obispos intervenir en la
solución de los problemas sociales, políticos y culturales? ¿En nombre de los
principios cristianos y con la autoridad que proviene de Cristo o en nombre de
los principios morales y con la autoridad que proviene de la razón?
En
el primer caso nos hallamos ante el problema de cómo comunicar eventuales
contenidos y soluciones derivados más o menos directamente de la revelación
cristiana también a los que no son cristianos. En el segundo caso
estamos constreñidos a preguntarnos si es correcto hablar, y eventualmente en
qué sentido, de una competencia específica del magisterio y de la autoridad
del papa y de los obispos en el campo social, político y cultural.
El
problema de fondo, que exige una aclaración ulterior, es el de la importancia
del magisterio y de la autoridad a nivel ético-normativo. Nadie niega el
derecho-deber del papa y de los obispos a intervenir en el campo social,
político y cultural, en nombre y con la autoridad de Cristo, para evocar
principios morales relacionados con la revelación cristiana. El problema es
otro: ¿Cómo lograr el consenso de quienes no son cristianos en propuestas
consideradas conformes o disconformes con los principios de la revelación
cristiana? ¿Por medio de una reivindicación de competencia y autoridad
formales en cuestiones sociales, políticas y culturales, o por medio de la
elaboración de criterios ético-normativos fundamentados y argumentados
racionalmente, capaces de aglutinar el consenso de todos?
2.
FUNCIÓN PASTORAL. Según los defensores de la moral autónoma, el magisterio y
la autoridad del papa y de los obispos no serían relevantes en sentido
jurídico-formal para la individuación de las normas morales. No ya que el papa
y los obispos no puedan intervenir para evocar principios morales íntimamente
relacionados con la revelación cristiana. La suya, sin embargo, no sería, al
menos primordialmente, una función doctrinal en campo ético, sino únicamente
una función pastoral, de ayuda a crecer en la fe.
a)
Magisterio y autoridad al servicio de la comunidad cristiana. El primer
servicio que papa y obispos, como maestros y pastores, están llamados a
desempeñar en la comunidad cristiana no sería un servicio a la moral, sino un
servicio a la fe, en orden a un testimonio cada vez más coherente de las
exigencias de la fe en la vida e historia cotidianas.
Sólo
en este sentido se crean las condiciones para un magisterio autorizado incluso
en campo moral, porque en la capacidad de escucha, en el respeto de la relativa
autonomía de la experiencia concreta de quien vive "desde dentro" las
situaciones en la óptica de la fe y dejándose guiar por el Espíritu, y en la
acogida de los estímulos y llamadas provenientes de las específicas
competencias de quien -como el teólogo- está comprometido en el estudio
científico de la palabra de Dios y en el análisis de la situación histórica,
encuentra el magisterio las aportaciones y los modos para evocar, de forma
autorizada y convincente, los principios morales que deben informar e inspirar
la vida social, política y cultural no sólo de los cristianos, sino de todos
los hombres.
b)
La aportación del magisterio y de la autoridad del papa y de los obispos en
cuestiones sociales, políticas y culturales. La aportación, pues, que el
papa y los obispos están llamados a dar, junto con sus comunidades, en estos
campos es ante todo una aportación de carácter profético, de crítica y de
estímulo a la percepción y la observancia de las exigencias de la fe. No se
trata, según los partidarios de la moral autónoma, de una aportación cuya
validez derive de una competencia específica del magisterio para afrontar o
resolver aquellos problemas. A este nivel, en efecto, el magisterio y la
autoridad del papa y de los obispos no constituirían una fuente de conocimiento
alternativo a la razón humana. Ni la Biblia ni el magisterio son -ni deben ser-
fuentes alternativas o sustitutivas de la razón. Son y deben ser, en cambio,
pedagogía ejemplar para la razón en su indispensable y nunca delegable tarea
de discernimiento.
Pero
si es verdad que la fe (y, consiguientemente, también el magisterio) no puede
sustituir a la razón, es también verdad que la razón, sin la ayuda de la fe,
puede caer fácilmente en errores graves. Conocemos los errores, incluso en el
campo moral, que ha cometido la razón a lo largo de la historia. Podemos, pues,
plantearnos legítimamente la siguiente pregunta: ¿Qué aportación puede
seguir dando la fe cristiana a la razón humana en su fatigosa búsqueda de la
verdad moral?
III.
Aportación de la fe cristiana a la recomprensión de las funciones del
magisterio y de la autoridad
La
discusión, todavía en curso entre defensores de la ética de la fe y
partidarios de la moral autónoma, acerca de la relevancia o no del magisterio y
de la autoridad del papa y de los obispos a nivel ético-normativo ha
contribuido, sin duda, a esclarecer la insuficiencia de una concepción
puramente jurídico-formal del magisterio y de la autoridad dentro de la
Iglesia. No ha contribuido, en cambio, mucho a recomprender y a redefmir en
términos más positivos la tarea del magisterio y de la autoridad del papa y de
los obispos en la sociedad civil. Tal vez porque la atención de los teólogos,
y en particular de los teólogos moralistas, sigue predominantemente centrada en
el problema de las motivaciones y de las actitudes de fe más que en el problema
de los comportamientos y de los contenidos morales. Pero más probablemente
porque la concepción del magisterio y de la autoridad está a veces
condicionada, aunque sea como reacción,
por las ideologías del poder al que se contrapone.
I.
A NIVEL ECLESIAL. Sobre todo en el pasado, el magisterio y la autoridad del papa
y de los obispos han sido interpretados según modelos culturales que han
oscurecido en parte su significado teológico y su función pastoral. Piénsese
en el modelo y en la ideología del poder político absolutista, que ha
favorecido una interpretación predominantemente jurídica y formal del
magisterio y de la autoridad; o bien en el modelo y en la ideología del saber
científico académico, que ha generado progresivamente en los pastores una
mentalidad predominantemente doctrinal, como si el papa y los obispos tuvieran
que superar la concurrencia de otros magistrados o de otras autoridades.
Todo
esto ha supuesto innegables ventajas en el plano de la organización de la
Iglesia y de las formulaciones de la doctrina, pero ha oscurecido en parte la
función pastoral del magisterio y de la autoridad, función que no se yuxtapone
a otras, como pueden ser las de enseñanza o de santificación del pueblo de
Dios; y menos aún se contrapone a ellas o las sustituye, sino que las asume en
una perspectiva nueva y más operativa de guía y de servicio al pueblo de Dios,
a fin de que camine a la par en la fe y en la caridad.
a)
Función pastoral del magisterio. El Vat. II, lejos de renegar de las
adquisiciones doctrinales del Vat. I sobre el primado del papa (DS 30533064) y
sobre su infalibilidad en materia de fe y de moral (DS 3065-3074), ha redefinido
e introducido esas adquisiciones en una perspectiva eclesiológica nueva, más
atenta a la colegialidad; pero sobre todo más sensible al espíritu de servicio
que debe informar el ejercicio de toda autoridad, incluida la magisterial.
"Este encargo (munus) que el Señor confió a los pastores de su
pueblo es un verdadero servicio (verum servitium), y en la Sagrada
Escritura se llama con toda propiedad `diaconía', o sea, ministerio" (LG
24a).
No
es, pues, ya suficiente, sobre todo dentro de la Iglesia, apelar exclusivamente
a la fuerza imperativa y vinculante del derecho. Es necesario redescubrir y
valorar más la fuerza imperativa y vinculante de la conciencia, estimulando la
atención hacia aquellos valores por cuyo medio el pueblo de Dios discierne los
signos de la presencia del Señor en la historia de los hombres. Sólo así
podrá el magisterio del papa y de los obispos llegar a ser un verdadero
servicio pastoral atento a los contenidos objetivos y doctrinales de la fe y de
la moral, pero también sensible a los aspectos subjetivos e históricos de una
Iglesia llamada a vivir y a dar frutos de caridad para vida del mundo.
b)
Función magisterial de los pastores. Por otra parte, no hay que
descuidar la función magisterial del papa y de los obispos. En esta perspectiva
el Vat. II ha invitado aprestar mucha atención a la doctrina y a la función
doctrinal de los pastores. "El romano pontífice y los obispos, como lo
exige su cargo y la importancia del asunto, trabajan celosamente con los medios
adecuados a fin de descubrir la revelación como es debido y proponerla
apropiadamente; pero no aceptan ninguna nueva revelación pública dentro del
depósito divino de la fe" (LG 25d).
Toda
la Iglesia, y no sólo una parte de ella, está llamada a ser pueblo profético,
sacerdotal y regio, que anuncia al mundo con las palabras, pero sobre todo con
la vida, el mensaje de Cristo. Esto exige un esfuerzo de aculturación de la fe
y de la moral en el curso de la evangelización, del anuncio y del testimonio;
pero exige también una lectura atenta de
los signos de los tiempos caracterizada por el discernimiento crítico, a fin de
no confundir la palabra de Dios con las palabras de los hombres.
Sobre
todo en este nivel es donde el magisterio de los pastores puede desempeñar una
función crítica, invitando a la Iglesia a caminar junto con todos los hombres
de buena voluntad y a responder a las auténticas exigencias éticas del tiempo.
2.
EN LA SOCIEDAD CIVIL. Si a nivel eclesial la confrontación con la palabra de
Dios ha contribuido a una recomprensión de la función del magisterio y de la
autoridad, no se puede decir lo mismo a nivel social y civil, donde una grave
carencia de cultura teológica induce a interpretar el magisterio y la autoridad
del papa y de los obispos según esquemas predominantemente políticos e incluso
ideológicos.
a)
Autoridad moral del magisterio. Entre los problemas que se plantean con
particular urgencia está el de la función del magisterio en el ámbito de la
sociedad: ¿Hasta qué punto pueden intervenir el papa y los obispos en la
solución de los problemas sociales, políticos y culturales?
A
este respecto muchos católicos insisten en la necesidad de que el papa y los
obispos intervengan para afirmar los principios de la doctrina social cristiana,
a la vista de los errores y las incertidumbres que se difunden en la sociedad.
Otros, en cambio, ponen en discusión la eficacia de una intervención directa
del magisterio en estos campos, debido al hecho de que faltan con frecuencia los
presupuestos históricos y teóricos que permitan el afianzamiento de un
consenso no puramente formal. Detrás de esta contraposición se intuye la
existencia de un equívoco que se impone superar.
No
se pretende negar el derechodeber del magisterio a intervenir en el ámbito
social, político y cultural para invitar a los católicos a la observancia de
algunas directrices morales. El problema es más complejo. En una sociedad
secular y pluralista como la actual, el magisterio puede ciertamente concurrir
para estimular una percepción cada vez más clara de determinadas normas
morales, pero no está en condiciones de reivindicar una competencia exclusiva
en la fundamentación de esas mismas normas.
La
norma moral, en efecto, es el resultado de dos juicios: un juicio de valor y un
juicio de hecho. Es indudable que el magisterio puede intervenir en los campos
ya mencionados para recordar determinados valores relacionados con la
revelación cristiana. Pero lo que no puede es reivindicar una competencia
específica acerca del análisis de los hechos sociales, aun pudiendo denunciar
la insuficiencia y la inadecuación de determinadas normativas civiles. La
autoridad moral del magisterio puede convertirse, bajo este perfil, en punto de
referencia importante para quien esté al servicio de los más débiles, en una
situación en la que la brutalidad de los intereses y la pérdida de sentido de
solidaridad favorecen más la racionalización y la administración de lo
existente que el desarrollo de un auténtico cambio inspirado en los principios
y los criterios del orden moral.
b)
Para un magisterio autorizado. ¿Pero cómo hacer aún más incisivas y más
autorizadas las palabras y los pronunciamientos del magisterio en una sociedad,
un Estado, una cultura que tienden cada vez más a reducir el cristianismo a
pura ideología o a hecho interior y espiritual?
Si
es verdad que la fe cristiana tiene una incidencia pública -como respuesta que
es a una palabra pronunciada y proclamada en la historia a todas las personas y
para todas las personas-, no lo es menos que no resulta siempre fácil
individuar el camino que conduce correctamente a esta "publicidad" de
la fe en la vida social, política y cultural.
La
primera condición es la de redescubrir la función pastoral del magisterio en
la edificación de la Iglesia. Los pastores, en efecto, están "investidos
de la autoridad de Cristo" sobre todo cuando "predican al pueblo que
les ha sido encomendado la fe que debe creerse y aplicarse a las costumbres y la
ilustran bajo la luz del Espíritu Santo" (LG 24; 25), manteniendo "el
vínculo de la comunión entre sí y con el sucesor de Pedro", hasta
pronunciar, en condiciones muy especiales, una sentencia "que debe
considerarse definitiva" y, por consiguiente, infalible (LG 25). Es
precisamente el respeto a este estilo lo que garantiza al magisterio la
posibilidad de intervenir en la vida social, política y cultural de una manera
más autorizada, expresando el consenso y la fuerza moral de toda una comunidad;
de una comunidad que apela al testimonio de la fe y al esfuerzo de
discernimiento de la situación histórica en base a las exigencias éticas de
la revelación cristiana.
La
segunda condición viene dada por la atención a los problemas de la relación
entre fe y cultura en el interior de una sociedad que tiene urgente necesidad de
una ética. No se trata, en efecto, de extraer de la revelación cristiana o de
la ley natural, sirviéndose de mediaciones más o menos articuladas,
determinados proyectos sociales, políticos y culturales, sino de trabajar
positivamente en la reconstrucción de una ética normativa capaz de interpretar
los problemas del mundo en que vivimos y de aglutinar el consenso de todos. Sin
renunciar por ello a llevar la aportación de
la fe cristiana a la interpretación de una laicidad "verdadera, cuya plena
recuperación está todavía lejos de tener lugar.
[l
Conciencia; l Doctrina social de la Iglesia; l Libertad y responsabilidad; l
Norma moral; l Tolerancia y pluralismo].
BIBL.:
AA. VV., El magisterio de los creyentes, en "Con" 200
(1985); AA. VV., El derecho a disentir, en "Con" 178
(1982); AA.VV., Pluralismo moral en unidad de fe, en "Con" 170
(1981); AA. VV., Teología morale e magistero della Chiesa, Gregoriana,
Padua 1968; AA. V V., Magistero e morale, Dehoniane Bolonia 1970; BOCKLE
F., Le Magistére de 1 Égliae en matiére morale, en Revue Théologique
de Louvain" 19 (1988) 144154; CAFFARRA C., Viventi in Cristo, Jaca
Book, Milán 1981; CHIAVACCI E., Teología morale 1: Morale generale; 2:
Complementi di morale generale, Cittadella, Asís 1977, 1980; COMISION
TEOLóGICA INTERNACIONAL, I! mutuo rapporto ira magistero
ecclesfastico e teología, en EnchVat 5, 1980; COMPAGNONI F., La ricerca
della verith morale nella Chiesa, en Tratatto di etica teológica
(L. LORENZETTI, ed.) 1, Dehoniane, Bolonia 1981); DOSIER Los teólogos y el
magisterio, en "Ecclesia" 2416-2417 (1989) 40-50; ELIZARI F.J.,
Magisterio y conciencia, en "Pentecostés" 16 (1978) 331-346;
LAMBRUSCmNI F., Verso una nuova morale nella Chiesa? 1: Orientamenti di
principio, Queriniana, Brescia 1967; LEERS B., Moral crista e autoridade do
magistério eclesiástico, Editora Santuário, Aparecida 1991; LGpEz
AZPITARTE E., Ética y magisterio de la Iglesia, en "Proyección" 27
(1980) 23-31; MÚNERA A., Magisterio y moral, en "Theologica Xaveriana"
32 (1982) 237-272; PLANA G., Orientamenti metodolOgict della ricerca
etica, en Corso di morale (T. GOFFI y G. PLANA, eds.) I, Queriniana, Brescia
1983; SÁNCHEZ N. Moral conflictiva, Sígueme, Salamanca 1991; SANCHis A., El
magisterio eclesiástico y la interpretación ética de lo humano, en
AA.VV., Teología y magisterio, Sígueme, Salamanca 1987, 257-266; SARTORI L.,
La legge naturale e il magistero cristiano, en AA. V V., La legge naturale.
Storicizzazione delle istanze della legge naturale, Dehoniane,
Bolonia 1970; TETTAMANZI, Temi di morale fondamentale, Or, Milán
1975.
G.
Trentin
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Procura comentar con libertad y con respeto. Este blog es gratuito, no hacemos publicidad y está puesto totalmente a vuestra disposición. Pero pedimos todo el respeto del mundo a todo el mundo. Gracias.