lunes, 4 de abril de 2016

LEGISLACIÓN Y CASUÍSTICA CRIMINAL JUDÍA: ÉXODO 21.

Legislación criminal

12-El que hiera de muerte a un hombre, es reo de muerte. 13Si no fue intencionado -Dios lo permitión-, yo te indicaré un lugar en el que podrá buscar asilo. 14Pero si alguien está reñido con su prójimo y lo asesina con premeditación, a éste lo arrancarás de mi altar y le darás muerte.
15"El que hiere a su padre o a su madre, es reo de muerte.
16"El que secuestra a un hombre, para venderlo o para retenerlo, es reo de muerte.
17"El que maldice a su padre o a su madre, es reo de muerte".

Casuística criminal

18-Cuando surja una riña entre dos hombres y uno hiera al otro a puñetazos o a pedradas, sin causarle la muerte, pero obligándole a guardar cama, 19si el herido puede levantarse y salir a la calle con ayuda de un bastón, entonces el que lo hirió será declarado inocente: tendrá que pagar únicamente los gastos de la cura y la convalecencia.
20"Cuando alguien azote a varazos a su esclavo o a su esclava, dejándolo muerto en el instante, será declarado culpable; 21pero si el esclavo dura con vida uno más días, entonces no se condenará al dueño, porque el esclavo era posesión suya.
22"Cuando en una pelea entre hombres alguien golpee a una mujer encinta, haciéndola abortar, pero sin causarle ninguna lesión, se impondrá al causante la multa que reclame el marido de la mujer, y la pagará ante los jueces. 23Pero cuando haya lesiones, las pagarás: vida por vida, 24ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, 25quemadura por quemadura, herida por herida, cardenal por cardenal.
26"Cuando alguien golpee a su esclavo o esclava en el ojo y se lo inutilice, dará la libertad al esclavo a cambio del ojo, 27y si le rompe un diente, le dará la libertad a cambio del diente.
28"Cuando un toro mate a cornadas a un hombre o a una mujer, será apedreado y su carne no se comerá; el dueño es inocente. 29Si se trata de un toro que ya embestía antes, y su dueño, advertido, no lo tenía encerrado, entonces, si el toro mata a un hombre o a una mujer, será apedreado, y también su dueño es reo de muerte. 30Si le ponen un precio de rescate, pagará a cambio de su vida lo que le pidan.
31La misma norma se aplicará cuando el toro acornee a un muchacho o a una muchacha. 32Pero si el toro acornea a un esclavo o a una esclava, el duelo del esclavo cobrará trescientos gramos de plata y el toro será apedreado.
33"Cuando alguien abra un pozo o cave una fosa, dejándola sin cubrir, si cae dentro un buey o un asno, 34el dueño del pozo pagará: restituirá en dinero al dueño del animal y él se quedará con el animal muerto.
35"Cuando un toro mate a cornadas a otro toro de distinto dueño, venderá el toro vivo y se repartirán el dinero; también el toro muerto se lo dividirán entre los dos. 36Pero si se sabía que el toro ya embestía antes y su dueño no lo tenía encerrado, entonces pagará toro por toro, y él se quedará con el toro muerto.

Explicación.

21,12-17 Breve serie de cuatro leyes de tipo apodíctico, con sanción o cláusula penal incorporada. A la primera se añaden precisamente casuísticas. Sobre las ciudades de asilo véanse Dt 19 y Nm 35; sobre derecho de asilo en el templo, 1 Re 1,51, y numerosas alusiones en los salmos. Es importante incorporar en la ley la intención del reo.

21,12 Lv 24,17; Nm 35,11-34.

21,14 1 Re 1,50; 2,28-34.

21,16 "Retenerlo" como esclavo. Dt 24,7.

21,17 "Maldecir": el verbo hebreo puede incluir también el abandonar en la necesidad, no sustentar: Prov 20,20; 30,11; cfr. Mt 15,4.

21,18-36 Sobre lesiones corporales, de hombre y animales, causadas por hombres o animales. La primera es un ejemplo excelente de ley diferenciada por las circunstancias. No se aplica pena, sino resarcimiento económico. En la riña también el lesionado intentaba herir.

21,20-21 Es notable la diferencia de trato del esclavo, y durísima la justificación "era posesión suya". No se precisa la sanción del amo que mata a palos a un esclavo o esclava; si se tratara de pena capital, la ley lo diría.

21,22 Los jueces probablemente intervenían para arbitrar el resarcimiento exigido.

21,23-25 Ley del talión. Es conocida en otras culturas y significa un avance en dos direcciones. Sirve para proteger a las clases inferiores de poderosos que intentaban arreglar sus desmanes con una multa. Sirve también para poner un freno a la ley de la venganza, formulada por Lamec (Gn 4,23s).

21,23 Lv 24,19s; Dt 19,21.

21,26-27 Esta ley significa un avance humanitario respecto a la del v.20, porque frena la crueldad del amo implicando su interés personal. Con un diente, nada más, se compra la libertad.

21,28-36 El tema es conocido en otros países. Es interesante, aunque algo desordenada, la serie. Por la víctima, en línea descendente: hombre o mujer, muchacho o muchacha, esclavo o esclava, animal. Por el causante: el toro, si no es responsable, al menos es peligroso; el dueño puede ser responsable de grave negligencia. Por la pena: capital con posibilidad de rescate, multa, arreglo económico.

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