I. Concepto
Arrepentimiento
es un momento (o un aspecto) de la totalidad de aquel acto de la salvación
individual llamado usualmente -> metanoia, -> conversión, ->
penitencia, -> justificación. Por tanto, el a. sólo puede entenderse y
valorarse justamente en este marco más amplio. Sobre la doctrina de la sagrada
Escritura, véase -> metanoia y -> conversión I. Como repulsa al pecado
el a. presupone también una intelección teológicamente exacta del ->
pecado y de la culpa.
II.
La doctrina de la Iglesia
El
a. es descrito por el concilio de Trento como «dolor del alma y detestación de
los pecados cometidos, con el propósito de no pecar más en el futuro» (Dz
897, 915). La doctrina eclesiástica enseña que para quien ha pecado
personalmente este a. es siempre necesario para alcanzar el perdón de la culpa
(Ibid.), debiendo estar unido a la confianza en la -->misericordia divina.
Enseña además que no puede consistir solamente en el propósito y comienzo de
una vida nueva, sino que en principio ha de incluir también la repulsa explícita
y libre a la vida pasada. El mismo Tridentino distingue entre contrítio
caritate perfecta y contritio imperfecta = attritio, según que el motivo
explícito de la detestación del pecado cometido sea el de la virtud teologal
del -->amor a Dios u otro motivo moral que, aun siendo inferior al amor,
tenga un valor éticamente positivo (maldad intrínseca del pecado, el pecado
como causa de la pérdida de la salvación, etc.), sea elegido bajo el impulso
de la ->gracia de Dios y excluya claramente la voluntad de pecar (Dz 898).
Por tanto, el mero temor del castigo como mal físico todavía no es un «a.
imperfecto», no es «atrición»; sería aquel «a. ante la horca» que Lutero
rechaza con razón, pero que falsamente considera como la concepción católica
de la atrición. La contrición perfecta (por lo menos si incluye la voluntad
implícita de recibir el sacramento de la -> penitencia) justifica
inmediatamente al hombre, incluso antes de la recepción actual del
->bautismo o del sacramento de la penitencia; la contrición imperfecta
justifica al hombre sólo en unión con la recepción del sacramento (Ibid.).
Ese a. libre (Dz 915) no es (en contra de la doctrina de los reformadores, tal
como la entendía el Concilio) el intento de una autojustificación del hombre
por sus propias fuerzas, intento que haría al hombre más pecador todavía,
sino un don de la gracia, por la que el hombre se confía al Dios que le perdona
(Dz 915, 799, 798).
El
magisterio prohibió (Dz 1146) que «contricionistas» y «atricionistas» se
impusieran mutuamente censuras teológicas.
III.
Reflexión teológica
1.
Presupuestos antropológicos
Para
una comprensión teológica del a. tiene importancia en primer lugar el
pensamiento antropológico de que el hombre, como libre e histórica persona
espiritual, es el ente que adopta un comportamiento consciente y libre consigo
mismo, y, por cierto, bajo el aspecto de su pasado, de su presente y de su
futuro en medio de la concatenación de esos tres momentos (-> historia e
historicidad). En consecuencia el hombre no puede dejar tras él su pasado con
plena indiferencia, como si éste hubiera dejado de ser real; el pasado sigue
existiendo como un momento de su presente, que él mismo ha producido con
libertad personal. Y, en cuanto el hombre adopta un comportamiento consigo
mismo, lo adopta con su pasado y, con su toma de posición actual, le da una
nueva (y a veces totalmente distinta) orientación hacia el futuro. La
intensidad de estas interrelaciones varía en cada hombre y en sus diversas
edades y situaciones vitales. Mas de lo dicho se desprende que el hombre no
puede rechazar en principio y de antemano una consciente toma de posición
respecto de su pasado como momento de la relación consigo mismo en el instante
actual, o sea, que un a. «formal» está lleno de sentido y es de suyo
necesario. Pero en circunstancias puede bastar un a. meramente virtual, por el
que el hombre se convierte a Dios con fe, esperanza y caridad sin enfrentarse
explícitamente con su pasado, pues, en ese caso, semejante decisión
fundamental de la existencia implica una toma de posición no refleja con
relación al pasado.
2.
La fenomenología del arrepentimiento
El
no que el hombre da por el a. a su acción libre del pasado (dolor et
detestatio) debe ser interpretado cuidadosa y esmeradamente para que resulte
inteligible en nuestro tiempo. Ante todo, esa repulsa nada tiene que ver con un
schock psicológico y emocional (angustia, depresiones), que a veces se sigue
(pero no necesariamente) de la acción mala, por motivos psicológicos o
fisiológicos o sociales (pérdida de prestigio, miedo a las sanciones sociales,
abatimiento, antagonismo de mecanismos psíquicos, etc.). Se trata más bien de
un no libre de la persona espiritual al valor
moralmente negativo de la acción pasada y a la actitud que dio como fruto tal
acción. Pero esto tampoco significa una huida y represión del pasado, sino que
es la manera adecuada como un sujeto espiritual se enfrenta con su pasado, lo
reconoce y se hace responsable de él. Ni es una mera ficción y una hipótesis
irreal («desearía haber obrado de otro modo»), sino que tiene por
objeto una auténtica realidad: la constitución actual del sujeto en su
decisión y actitud fundamentales, en cuanto éstas están con-constituidas por
la acción del pasado. Y ese «no» tampoco pone en duda el hecho teórica y
prácticamente innegable de que la mala acción del pasado pretendía también
algo «bueno» y, en muchos casos, ha producido abundantes bienes, p. ej.,
madurez humana, etcétera (bienes que a veces es imposible separar de la vida de
quien hizo tal acción). Así, psicológicamente, el a. se encuentra con
frecuencia ante un problema que parece casi insoluble, pues ha de darse un
«no» a un acto que, por sus consecuencias buenas, apenas permite imaginar que
el no estuviera en el hombre. El mejor camino para el a. será aquí, no el
análisis reflexivo del pasado, sino la conversión incondicional por el amor al
Dios que perdona.
3.
EL arrepentimiento como respuesta
El
a. nace de la iniciativa divina, y por eso ha de ser concebido, como una
respuesta. Lo mismo que todo --> acto moral de orden salvífico, el a. en su
esencia y en su realización práctica ha de tener como soporte la gracia de
Dios. El a. no causa, pues, la voluntad salvífica de Dios, la cual en Cristo ha
alcanzado su definitiva manifestación histórica, sino que la acepta y le da
una respuesta, pero teniendo conciencia a la vez de que la misma aceptación
libre es también obra de la voluntad salvífica de Dios. Por eso el a. sólo
produce la justificación en tanto la recibe de Dios como puro don, pues todo
«carácter meritorio» del a., como quiera que se lo conciba según sus
distintas fases, procede en último término de una primera gracia eficaz de
Dios, la cual precede a todo mérito y obra del hombre. Y cuantas veces hablamos
de un «valor meritorio» (ya sea de condigno ya de congruo), en último
término queremos decir que Dios mismo obra en nuestra libertad lo que es digno
de él. Hemos de rechazar la idea de que
nuestras acciones libres no proceden de Dios en la misma medida que las sufridas
necesaria y pasivamente.
4.
El objeto formal del arrepentimiento
La
motivación del «no» que por el a. se da al propio pasado puede ser muy
diverso, pues, en conformidad con la realidad múltiple que Dios ha querido en
su variedad, hay distintos valores morales, los cuales pueden ser afirmados como
inmediato fin positivo del a., haciendo así posible un no a sus respectivos
contrarios. Mas aquí no podemos ignorar cómo ese mundo múltiple de valores,
que posibilita las distintas motivaciones del a., constituye una unidad en que
cada motivo particular apunta hacia el todo y está abierto a él, y cómo todos
los motivos y las respuestas a ellos sólo se consuman en Dios y en su
-->amor. De suyo habría que distinguir también entre el objeto formal, que
especifica internamente un acto, y el motivo externo de la realización del
mismo (si bien ambos pueden identificarse). En el fondo, en el a. en cuanto tal
el objeto formal (que puede no ser muy explícitamente reflejo) es siempre la
contradicción del pecado al Dios santo, o sea, en términos más positivos, a
las exigencias de Dios -del Santo- con relación al hombre. Los motivos (de tipo
moral) que «mueven» a poner este acto con su objeto formal pueden ser muy
variados (y pueden ser «inferiores» al objeto formal del acto hacia el cual
«mueven»), hasta alcanzar el objeto formal del amor de Dios, que así se
convierte en motivo de la contrición perfecta. Pero a continuación
renunciaremos a esta distinción más precisa.
5.
Atricionismo y contricionismo
A
base de lo dicho se puede comprender el problema del atricionismo y del
contricionismo. El atricionismo es la doctrina según la cual la atrición (a.
imperfecto por razón de su motivo, que, aun siendo éticamente bueno,
religiosamente se halla por debajo del --> amor desinteresado, de la caridad
teologal para con Dios) es suficiente para la recepción del sacramento de la
penitencia. El concepto aparece por primera vez en el s. xi7, designando al
principio un esfuerzo insuficiente en orden a la justificación, aun unido con
el sacramento, por la contrición como a. que
justifica. Más tarde se entendió por atrición un a. propiamente dicho, basado
en serios motivos morales (principalmente el temor de la justicia divina), pero
todavía no en el amor. Lutero la combatió como si fuera un mero temor al
castigo, identíficándola con el timor serviliter servilis (mero temor al
castigo como mal físico) y con el timor simpliciter servilis (alejamiento real
de la culpa por miedo al castigo). Antes del concilio de Trento la discusión se
centraba en si la fuerza del sacramento mismo convierte la atrición en
contrición (a. por amor). El Tridentino afirma la atrición como preparación
moralmente buena para el sacramento (Dz 898). Después del Concilio se siguió
discutiendo si la atrición es suficiente como disposición próxima para el
sacramento o, además, se requiere por lo menos un acto débil de amor (que a su
vez fue interpretado de diversas maneras; cf. Dz 798). El contricionismo exige
como necesaria disposición próxima el sacramento de la penitencia por lo menos
un amor inicial a Dios (un amor benevolentiae en contraposición al amor
concupiscentiae), aunque pueda tratarse de un amor que por sí mismo no sea
suficiente para la justificación. Esta forma de contricionismo fue defendida
sobre todo en los s. xvii y XVIII. La Iglesia nunca decidió la disputa entre
atricionismo y contricionismo bajo esta modalidad (Dz 1146). En realidad esa
disputa teórica y pastoralmente carece de objeto. En efecto, donde no se da un
alejamiento claro del pecado, tampoco existe ninguna atrición. Y ese
alejamiento incluye necesariamente la voluntad de cumplir de todo corazón los
mandamientos divinos, sobre todo el del amor a Dios. Pero ¿cómo esa voluntad
de amar a Dios ha de distinguirse concreta y prácticamente del amor a Dios? La
atrición real y la contrición pueden distinguirse concretamente por el grado
en que estos o los otros motivos aparecen explícitamente en el primer plano de
la conciencia refleja u objetivamente, pero no por la global motivación
irreflexiva de la decisión fundamental de la existencia. La discusión se basa,
pues, por ambas. partes en un falso objetivismo de los motivos, en el
presupuesto de que sólo actúa como" motivo lo que está explícitamente
en el plano de la reflexión. Pero en realidad la última libertad fundamental
de los hombres no puede estabilizarse en un transitorio estado neutral e
indeterminado, pues, el Dios amado en la
decisión fundamental del hombre, o es el verdadero Dios - al que se ama
efectivamente -, o es un ídolo del pecado. Por tanto, si en el camino de
alejamiento del pecado y de acercamiento a Dios se traspasa claramente con
verdadera moralidad y religión el limite de la muerte, no hay peligro alguno de
que, a pesar de todo, Dios no sea amado (aun cuando pueda admitirse un proceso
que sigue desarrollándose temporalmente). A esto se añade que se debería
distinguir entre la disposición próxima para la recepción del sacramento (sacramentum)
y la disposición próxima para la recepción de la gracia del sacramento (res
sacramenti). Y entonces cabría referir la doctrina del atricionismo a la
recepción del sacramento y la del contricionismo a la recepción de la gracia
del sacramento. Pues parece totalmente razonable afirmar con Tomás que la
recepción de la gracia justificante (la < infusión de la virtud teologal de
la caridad») en los adultos libres sólo puede realizarse mediante un acto de
libre aceptación de la misma, o sea en un acto de amor, y, en todo caso, que en
el sacramento ex attrito f it contritus. Esta concepción no significa ninguna
dificultad psicológica para entender el proceso de un hombre que se aleja
realmente del pecado y se convierte a Dios, presuponiendo, naturalmente, que un
motivo no sólo influye en el sujeto cuando se reflexiona conceptualmente sobre
él.
Karl
Rahner
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