miércoles, 12 de junio de 2013

AÑO SABÁTICO.

En los orígenes del año sabático hallamos una costumbre agrícola absolutamente normal en aquellos tiempos: dejar que la tierra descanse periódicamente a fin de permitirle que se rehaga para una nueva cosecha. La tierra de Palestina está muy lejos de igualar en fecundidad a la de Egipto, alimentada por el limo del Nilo; de ahí que la ley prescriba determinados periodos en los que las tierras deben permanecer en barbecho.

Desde su entrada en la Tierra Prometida adoptan los hebreos esta regla, y el Código de la Alianza es el más antiguo texto legislativo que a ella alude. Pero el punto de vista agrícola termina por ser superado, y el barbecho periódico se convierte, como sucedió con el descanso del sábado, en una institución de orden social:

Durante seis años sembrarás tus tierras y recogerás sus cosechas. Pero, el séptimo año, las dejarás en barbecho y no recogerás su producto. De ellas podrán alimentarse tus compatriotas indigentes, y las bestias del campo comerán lo que ellos dejen. Lo mismo harás con tu viña y tu olivo. Durante seis días te entregarás a tus ocupaciones, pero el séptimo descansarás...Ex., 23, 10-12.

Moisés eleva así la institución a un plano caritativo y social, aunque sin perder de vista la perspectiva realista del agricultor. Observemos el paralelismo existente entre la legislación del año sabático y la del sábado propiamente dicho. Evidentemente, ambas leyes están presididas por un mismo espíritu, fenómeno que observaremos en toda la evolución del año sabático. El mismo Código de la Alianza lleva todavía más lejos las aplicaciones caritativas del año sabático:

Si compras un esclavo hebreo, su servicio durará seis años. Al séptimo, podrá marcharse. Quedará libre, sin pagar nada. Si entró solo, sólo saldrá. Si estaba casado, saldrá su mujer con él. Si le casa su dueño y su mujer le da hijos o hijas, la mujer y los hijos, seguirán siendo propiedad del dueño, y él saldrá solo. Pero si este esclavo declara: "Yo quiero a mi amo, a mi mujer y a mis hijos, renuncio a la libertad", entonces su dueño le llevará ante Dios... Ex., 21, 2-6.

El texto del Código es ambiguo: es difícil saber si los esclavos quedaban libres el séptimo año del calendario (lo cual es probable), es decir, el año sabático oficial, o bien el séptimo año de su servicio. De todos modos, parece ser que más tarde la liberación de los esclavos se verificará siempre el año sabático. Según esto, el esclavo hebreo costaba más o menos de acuerdo con los años que podría servir antes del siguiente año sabático. Añadamos que esta legislación no parece todavía inspirada por consideraciones propiamente religiosas: se trata simplemente de preservar a los hebreos de una esclavitud demasiado prolongada y de evitar que los miembros de un pueblo libre sean reducidos a perpetua esclavitud. No obstante, por humana que pueda parecer esta medida, es singularmente caritativa y supone una concepción extraordinariamente desarrollada de la libertad del pueblo y la solidaridad de sus miembros.

En esta legislación volvemos a encontrar la idea de liberación de los esclavos que descubríamos a propósito del sábado: el siervo hebreo pertenece a un pueblo libre y debe recuperar esa libertad todos los sábados, lográndola definitivamente cada siete años Pero la civilización urbana, que en la época de los Reyes va cobrando auge, traerá consigo graves trastornos sociales cuya solución escapará a las leyes tradicionales del barbecho y de la Iiberación periódica de los esclavos. La expansión de las ciudades provoca la enajenación de las tierras, y a los pequeños terratenientes les resulta imposible subsistir si no se ponen bajo la protección de un rico burgués de la ciudad. Numerosos textos bíblicos aluden al malestar económico de la época y a la explotación de los campesinos humildes por parte de los ricos:

Nabot de Jezrael poseía una viña junto al palacio de Ajab, rey de Samaria, y Ajab habla así a Nabot: "Cédeme tu viña para convertirla en huerto de legumbres, pues está muy cerca de mi casa; yo te daré a cambio una viña mejor o, si lo prefieres, te daré el dinero que vale." Pero Nabot dijo a Ajab: "Líbreme Yahvé de ceder la heredad de mis padres." 1 Re., 21, 1-3.

Ya sabemos cuál fue la suerte de Nabot, tipo del campesino reducido al proletariado si cede a las presiones de los ricos, condenado a morir si se rebela. Los profetas de la época no han escatimado invectivas contra los ricos que "añaden casa sobre casa hasta el punto de ser los únicos propietarios de la región" (Is., 5, S), que "codician los campos y los roban y se apoderan del hombre con su heredad, del amo con su patrimonio" (Miq.. 5, 2).

La legislación elaborada en los medios del Deuteronomio intentará responder a la nueva situación estableciendo que los ricos, durante el año sabático, restituyan a los campesinos los terrenos que les hubieren tomado a título de prenda o como pago de deudas contraídas en los seis años precedentes:

Cada siete años harás la remisión. He aquí en qué consiste la remisión. Todo prestamista, detentador de prenda personal obtenida de su prójimo, se la condonará; no explotará a su prójimo ni a su hermano cuando éste haya apelado a Yahvé para remisión... Guárdate de albergar en tu corazón este malvado propósito: "Ya llega el año séptimo, el año de la remisión", no endurezcas entonces tu rostro a tu hermano pobre sin darle nada; él invocaría a Yahvé contra ti y tu cargarías con un pecado... Si tu hermano hebreo, hombre o mujer, se vende a ti, te servirá seis años. El séptimo año, le dejarás libre y, al dejarle libre, no le despedirás con las manos vacías. Cargarás sobre sus hombros, a título de regalo, algunos productos de tu ganado, de tu era y de tu lagar. Le darás en la medida en que te bendiga Yahvé tu Dios. Dt., 16, 1-14.

Ya no se habla de que las tierras permanezcan en barbecho: ocupa el primer plano la "remisión de las deudas". Si bien el Deuteronomio hace suyas las antiguas leyes sobre la liberación del esclavo el séptimo año, las amplía considerablemente añadiendo la liberación de las deudas contraídas por los pobres: hipotecas, préstamos, etc.Pero el Deuteronomio incluye aquí su slogan tradicional que traslada la obligación al plano religioso: Recuerda que fuiste siervo en el país de Egipto y que Yahvé tu Dios te liberó: por eso te doy ahora este mandato. Dt., 16, 15.

De este modo la organización social que preconizaba la liberación de los esclavos y la remisión de las deudas pasa a ser una prescripción religiosa que ha de practicarse como un eco de la liberación de Egipto, a la que el pueblo debe cuanto es. Se pone en libertad al esclavo y se perdonan las deudas del pobre porque cada uno fue pobre y esclavo liberado. Pero semejante prescripción no fue apenas observada y la economía israelita no llegó a resolver el problema del pauperismo, sobre todo por culpa del egoísmo de los ricos. Por eso no tardará en venir el castigo anunciado por Jeremías: porque el pueblo observa mal las prescripciones del año de barbecho, Dios mismo pondrá en barbecho la tierra y por bastantes años:

Todos los grandes y todo el pueblo que habían aceptado este convenio comprendieron que nadie podía tener en esclavitud a un judío, hermano suyo. Habiéndolo comprendido, los habían liberado. Después de lo cual, cambiando de parecer, habían tomado de nuevo a los esclavos, hombres y mujeres, que habían liberado y los habían reducido nuevamente a esclavitud... Por eso, así dice Yahvé, no me habéis obedecido devolviendo la libertad cada uno a su hermano y a su prójimo. Pues bien, yo voy a conceder libertad sobre vosotros -oráculo de Yahvé- a la espada, a la peste y al hambre, y os convertiré en objeto de espanto ante todos los reinos de la tierra. Jr 34, 9-17.

Por un relato de este tipo y por las numerosas invectivas de los profetas se adivina que la prescripción de poner en libertad a los esclavos y perdonar las deudas apenas si era practicada y que el balance del año sabático se cerraba con un completo fracaso. Cuando el Levítico, documento sacerdotal, legisle sobre el año sabático, se guardará muy bien de seguir manteniendo tales prescripciones y se limitará prácticamente a la antigua costumbre del descanso de la tierra prevista por el Código de la Alianza. Pero creará un nuevo tipo de año sabático: el año jubilar, sobre el que recaerá la reglamentación del Deuteronomio sobre la remisión de las deudas, incluso ampliándola sensiblemente. Pero en este párrafo nos limitamos a la lectura del texto sacerdotal sobre el barbecho cada siete años.

Cuando hayáis entrado en la región que os doy, la tierra descansará un sábado en honor de Yahvé. Durante seis años sembrarás tu campo, durante seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos. Pero, el séptimo año, la tierra tendrá su descanso sabático, un sábado en honor de Yahvé: no sembrarás tu campo, ni podarás tu viña, ni segarás tus espigas, que no serán atadas en gavilla, ni recogerás tus uvas, que no serán vendimiadas. Será aquel para la tierra un año de descanso. Os alimentará lo que la tierra dé espontáneamente: a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu jornalero, a tu huésped, en una palabra, a los que viven en tu casa. También a tu ganado y a los animales de tu región les servirán de alimento todos sus productos. Lv., 25, 2-7

Este pasaje demuestra un evidente retroceso con relación al Deuteronomio, pues vuelve al descanso agrícola de antaño. Pero, mirando las cosas más de cerca, se adivina que ese descanso no es una simple prescripción debida a ciertas condiciones de la agricultura. En tal caso, habría sido más oportuno prescribir el descanso agrícola por turno, de año en año. Si se impone un año completo de descanso, es para que "el descanso mismo de la tierra" alimente al judío. ¿Que significa esto? Que durante ese año el judío vivirá de nuevo una vida nómada, tomando para sí y para su ganado el alimento donde pueda encontrarlo. Un año de cada siete, abandonara su vida de agricultor sedentario para volver a ser nómada. En eso consiste el secreto religioso del año sabático, y nosotros, que ya hemos visto a lo largo de nuestro estudio varios casos de asimilación de los ritos agrícolas en un marco nómada, descubrirnos en ello una nueva confirmación de que el rito y la fiesta judíos están orientados esencialmente hacia la experiencia del desierto, donde el judío aprende a desprenderse de sí mismo, de la tierra que cultiva para su propia riqueza, donde renuncia al afincamiento fácil y egoísta, para situarse de nuevo en la perspectiva de las condiciones de una alianza con un Dios que elige a un pueblo en continuo caminar hacia la bienaventuranza prometida.

Cabe preguntarse hasta qué punto la masa de los hebreos era fiel a una observancia de este género. Nada tiene de extraño que se observara la fiesta de los Tabernáculos, en la que se consagraban ocho días al año a rememorar la estancia en el desierto viviendo como nómadas y peregrinos. Pero que ahora haya que vivir de ese modo un año entero no deja de producir cierto escepticismo sobre la eficacia de semejante disposición. Sin embargo, poco importa para nuestro propósito calcular la medida de popularidad que tal disciplina pudiera tener; nos basta con
comprobar que el mecanismo de espiritualización de las fiestas actúa siempre de la misma manera: pasando del plano agrícola al nómada, del naturalista al histórico.

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