miércoles, 28 de mayo de 2014

Casa Capitular

Casa consistorial, casas municipales o del ayuntamiento, son denominaciones para el edificio del ayuntamiento o de la institución semejante que ejerza el gobierno local (concejo, cabildo, cámara municipal, etc.) Aunque a menudo se le denomine también "ayuntamiento", no hay que confundir la institución con el edificio que la acoge (todas o algunas de sus dependencias, especialmente el lugar donde se celebran los plenos municipales -salón de plenos o salón del concejo-).
Saló de Cent ("Salón de Ciento" -por el Consell de Cent -Consejo de Ciento-) de la Casa de la Ciutat ("Casa de la Ciudad de Barcelona").
Es usual que sea una de las edificaciones más destacadas de la plaza principal de una localidad (plaza mayor en el urbanismo español e hispanoamericano), a veces junto a la matriz iglesia principal.1
Cuando la institución municipal tenía riqueza suficiente, estas edificaciones se encargaban al arquitecto municipal o maestro mayor de obras, que en algunos casos eran artistas destacados.
En las ciudades estado italianas de la Edad Media se realizaron edificios imponentes denominados Palazzo della Signoria, como consecuencia de su entidad como la principal institución de gobierno. Similar importancia alcanzaron los edificios municipales de las ciudades del norte de Europa, como las hanseáticas.

Véase también

Notas

  1. Otros ejemplos españoles: Casa consistorial de Alcoy, del arquitecto Jorge Gisbert, de mediados del siglo XIX, neoclásica. Casa consistorial de Carcagente, 1847, neoclásica...

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