Silla de tortura con pinchos. Granada, exposición sobre la Inquisición.
El
papa Inocencio IV estableció, en 1252, la posibilidad de que los
tribunales de la Inquisición obtuviesen la confesión de los acusados
mediante tortura. Pero esta solo podría aplicarse cuando se sospechase
que la confesión de los crímenes no era completa, o cuando las pruebas
señalasen al acusado, pero este se negara a reconocerlo.
Si
el acusado no reconocía su culpabilidad tras un primer interrogatorio,
se pasaba a la tortura. Existían numerosos sistemas, pero el más
utilizado fue el de elevar al prisionero mediante cuerdas y poleas con
los brazos atados a la espalda.
Las
confesiones obtenidas de esta forma no siempre eran fiables, por lo que
se necesitaba una nueva confesión posterior. En caso de que el acusado
no confesase tras la tortura, entonces podía tenerse en cuenta su
posible inocencia.
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