domingo, 1 de septiembre de 2013

LA SEPARACIÓN DE ESTADO Y RELIGIÓN EN LAS CONSTITUCIONES ESPAÑOLAS.

 

Mientras que en la primera constitución francesa de 1791 se declaraba el derecho a la libertad religiosa, en la constitución española promulgada en Cádiz en 1812 se prohibía el culto de cualquier otra religión que no fuera la católica. Lo mismo había hecho ya previamente el estatuto dado en Bayona en 1808 por José Bonaparte durante la dominación francesa, que determinaba los asuntos referidos a la religión en su artículo primero, subrayando así su importancia.
En 1837, la nueva constitución, pese a que mantenía la obligación por parte del estado del mantenimiento del culto y de los sacerdotes católicos, evitaba ya la prohibición de otras religiones. En todo caso, no señalaba que la religión católica era la de la nación, algo que volvió a hacer la constitución de 1845. La situación de exclusividad de la religión católica en España, se mantuvo hasta que la constitución de 1856 toleró la existencia de no católicos en el país, siempre y cuando no expresasen sus opiniones religiosas en público. Sin embargo, la agitación política del momento evitó que esta constitución llegase a entrar en vigor.
La constitución de 1869 fue la que por primera vez reconoció en España la libertad religiosa, y luego, durante la Primera República (1873-1874), se reforzó este derecho. De hecho, la constitución republicana de 1873 daba un enorme paso considerando a la nación un estado laico, sin dar ningún trato de favor a la iglesia católica. De nuevo, el proyecto constitucional se vio truncado por el golpismo militar. La vuelta de la dinastía borbón al trono conllevó un nuevo giro conservador, que en lo tocante a la religión volvía a considerar a la católica como la del estado, al tiempo que limitaba los cultos de otras religiones al ámbito de lo privado.
Por otro lado, durante la Segunda República (1931-1936), aunque se permitió el culto público de cualquier religión, no existió el pleno derecho a la libertad religiosa, ya que el estado intervenía en los asuntos religiosos para imponer sus propias condiciones, con la finalidad de contrarrestar los privilegios de la iglesia católica.

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